Consejo de Gobierno

Setenil de las Bodegas (Cádiz) e Iznájar (Córdoba), declarados municipios turísticos

Esta figura permite corregir o al menos compensar los efectos negativos que la actividad turística

Una calle de Setenil de las Bodegas
La calle más espectacular de Setenil de las BodegasPepe Gonzalez CabelloAlicia Romay

Iznájar (Córdoba) y Setenil de las Bodegas (Cádiz) han sido declarados por la Junta como Municipio Turístico de Andalucía tras acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. Esta declaración como Municipio Turístico de Andalucía implica una distinción como destino destacado, que soporta un peso importante por el volumen de visitantes en determinadas épocas del año, como le ocurre a Setenil de las Bodegas y a Iznájar, así como a otros 38 municipios andaluces que cuentan con este distintivo.

Al contar con este reconocimiento, las localidades pueden acceder a unas líneas de ayuda para subvencionar gastos e inversiones que contemplen la mejora de los espacios públicos de interés turístico-cultural, dotando de material o equipamiento esos espacios. Dado que la Ley Reguladora del Régimen Local no prevé ningún mecanismo para compensar el desequilibrio financiero ocasionado por la sobreprestación de servicios motivada por la afluencia de turistas, la Junta cuenta con la figura de Municipio Turístico, cuya principal finalidad es la de corregir o al menos compensar los efectos negativos que la actividad turística les pueda acarrear a estas localidades.

Así, pueden solicitar la declaración de Municipio Turístico aquellos que no superen los 100.000 habitantes y cumplan unos requisitos legalmente establecidos, entre los que figuran la población turística asistida, la oferta para los visitantes o la obligatoriedad de contar con un plan municipal de calidad turística que contemple las medidas de mejora de los servicios y prestaciones. Además, deberán contar con una oferta consistente que se base en recursos patrimoniales, naturales, culturales, etnográficos, deportivos o de ocio, y con infraestructuras mínimas para atender a sus visitantes.

Todas las localidades mencionadas cuentan con una oferta de infraestructuras turísticas suficientes para satisfacer las necesidades de la población asistida y esta declaración da lugar a convenios de colaboración y otros acuerdos con la Junta para compensar el incremento de la demanda en la prestación de los servicios municipales.