Tribunales

El Consultivo insta a indemnizar a un niño que perdió un testículo por negligencia médica

Constata la demora en un diagnóstico en un centro de salud de Úbeda (Jaén)

El informe pericial afirma que no se le hizo una ecografía pese a ser una prueba barata y sin radiación
El informe pericial afirma que no se le hizo una ecografía pese a ser una prueba barata y sin radiaciónJUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍA

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) debe indemnizar con más de 37.300 euros a los padres de un menor que perdió un testículo por la demora en un diagnóstico realizado en un centro de salud de Úbeda (Jaén).

Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe parcialmente favorable a las pretensiones de los padres de un menor que, en febrero de 2019, fue intervenido para extirparle un testículo.

Los padres del niño solicitaron una indemnización de 100.000 euros al considerar que la asistencia que su hijo recibió en el centro de salud de Úbeda (Jaén), dependiente del Servicio Andaluz de Salud, fue negligente.

En el dictamen del Consultivo, al que ha tenido acceso EFE, los padres han defendido que una demora en el diagnóstico de torsión testicular ha provocado la necesidad de extirparle un testículo.

El síndrome de escroto agudo obliga a realizar una ecografía como prueba de elección, pues la torsión se considera una urgencia quirúrgica que requiere un tratamiento en un plazo aproximado de seis horas para evitar que se pueda perder el órgano.

En este caso, los servicios médicos no realizaron dicha ecografía, según la documentación clínica incorporada al expediente.

Con estos datos, el dictamen del facultativo encargado de la causa ha subrayado que de haberse diagnosticado con mayor antelación la torsión testicular, el paciente habría tenido que ser intervenido quirúrgicamente, pero podría haber salvado el testículo.

El Consultivo ha considerado que queda probada una demora en la valoración pediátrica y que, con las pruebas, se ha acreditado el daño alegado.

Sin embargo, ha estimado que la indemnización que el SAS debe pagar a los padres del menor es de 37.306,66 euros, y no los 100.000 que solicitaron, una cifra fijada según el sistema de valoración del daño en accidentes de circulación, que incluye el daño moral, y que es orientativo.