
Ordenación del territorio
Guerra a las viviendas ilegales en Andalucía: se multiplican por doce los expedientes
Las multas coercitivas avaladas por la LISTA, entre 10.000 y 1.000 euros, han pasado de una en 2018 a 93 en el año 2023

El Parlamento de Andalucía aprobó el 25 de noviembre de 2021 la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) con los votos favorables de PP, Cs y VOX y la abstención del PSOE. Fue una de las leyes «que valía una legislatura», según celebraron entonces desde el Gobierno andaluz y que, prácticamente, puso fin a la primera legislatura de Juanma Moreno. El texto, según defendía la entonces consejera de Fomento y hoy alcaldesa de Granada, Marifrán Carazo, planteaba un nuevo modelo urbanístico que iba a ayudar al desarrollo económico y a la creación de empleo en el conjunto de Andalucía. Igualmente ofrecía seguridad jurídica, evitando los problemas ocasionados por la anulación de los planes urbanísticos por los tribunales, además de eliminar la maraña normativa existente.
Durante el debate final de su aprobación, la izquierda andaluza argumentó que la LISTA impulsaba «el modelo de desarrollo económico basado en la burbuja inmobiliaria, en la especulación del suelo, en el urbanismo a la carta» y que iba «a dar lugar a que en Andalucía se derriben muchos Toblerones y se construyan muchos Algarrobicos».
De momento, la nueva regulación urbanística autonómica ha servido, según detallan desde la Consejería de Fomento, para frenar la proliferación de construcción irregulares . En una respuesta parlamentaria consultada por este periódico, el departamento que dirige Rocío Díaz señala que en los dos primeros años de su entrada en vigor «el número de actuaciones objeto de expediente por edificaciones, construcciones e instalaciones ilegales se ha multiplicado por 12. Así, frente a los 38 objetos de expediente de protección de la legalidad en el año 2018, hemos llegado a la cifra de 462 objetos en 2022 y 450 en 2023».
Como se detalla en la respuesta, un expediente no significa la «desaparición» instantánea de la edificación objeto del mismo sino el inicio de un largo proceso. «La orden de demolición es consecuencia de una previa labor de investigación y de la tramitación de un expediente de restablecimiento de la legalidad territorial o urbanística cuya instrucción, dependiendo de su complejidad, puede durar hasta un año», explican desde la Consejería.
«El procedimiento acaba con una orden de demolición que suele ser recurrida por los propietarios en vía administrativa y contencioso administrativa, dando lugar a una gran litigiosidad», argumentan.
Al ser un proceso garantista, «con carácter general, los tribunales suelen ordenar a la Administración la suspensión cautelar de la demolición hasta que la orden sea confirmada en la correspondiente sentencia».
Lo habitual, en estos casos, es que «transcurran unos años desde el inicio de los procedimientos hasta su terminación con la ratificación judicial de la orden de demolición», un intervalo de tiempo en el que «las edificaciones y parcelas ilegales se mantienen precintadas para evitar la continuación de las obras».
A este largo proceso hay que sumar otra variable: que el propietario obligado a devolver la legalidad al territorio no cumpla con su obligación. En esos casos, la Administración se hace cargo «solo en caso de incumplimiento voluntario por parte del obligado». No se trata de una medida deseable porque el responsable último es el que ha cometido la ilegalidad. En estos casos, y con carácter previo a la ejecución subsidiaria de la orden de demolición «la Administración puede imponer, como medio de ejecución forzosa, hasta doce multas coercitivas, optando por la ejecución subsidiaria como último recurso».
Esta decisión está avalada por el artículo 154.3 de la LISTA, que, entre otras cuestiones, señala que el importe de las multas «será del diez por ciento del valor de las obras de reposición, con un máximo de diez mil euros y, en todo caso y como mínimo, mil euros».
La Junta señala que «desde el año 2019 hasta la fecha se ha hecho un gran esfuerzo para garantizar la ejecución de todas las órdenes de demolición que han ganado firmeza». Nuevamente, las cifras así lo avalan, pasando de una sola multa coercitiva en el año 2018 a 93 en el año 2023.
Entre 2019 y 2023 se han llevado a cabo en la provincia de Córdoba ocho autodemoliciones; cuatro en Huelva; 37 en Cádiz; 5 en Granada; en Jaén; 11 en Sevilla; y 6 en Almería.
La Consejería de Fomento calcula que «teniendo en cuenta el gradual aumento en el número de expedientes iniciados desde 2019, el número de demoliciones crezca exponencialmente a medida que se confirman los procedimientos por la autoridad judicial».
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