Política
La reforma del Estatuto de Andalucía se acerca a la mayoría de edad
Se cumplen 18 años de la aprobación en el Congreso del texto que quedó definitivamente aprobado en diciembre de 2006
El 2 de noviembre de 2006, en plena polémica por el Estatut catalán, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó sin votos en contra y con sólo dos abstenciones - EA y BNG- la reforma del Estatuto de autonomía de Andalucía tras las modificaciones introducidas por Comisión Constitucional en el texto remitido por el Parlamento andaluz. La reforma andaluza fue la primera que salió del Congreso sin votos en contra. Los diputados en pie aplaudieron a la delegación andaluza que encabezaba el entonces presidente Manuel Chaves. Anteriormente, otros dos estatutos superaron la fase de tramitación pero con menos apoyo: el valenciano y el catalán.
El texto recoge una referencia a la "realidad nacional" andaluza en el preámbulo, la definición como "nacionalidad histórica" en el artículo 1 y un mandato para cuantificar la deuda histórica en seis meses y liquidarla en el ejercicio posterior. La mayor parte de este pago la realizó el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero con terrenos.
La Comisión Constitucional aprobó el texto de la reforma del Estatuto con el apoyo de todos sus integrantes, excepto el PA, tras la incorporación del PP al acuerdo global después de que se aceptara la inclusión en el preámbulo de "realidad nacional" con una referencia histórica y añadir la "indisoluble unidad de la Nación Española".
El PP de Javier Arenas evitó quedarse descabalgado de la reforma, como ocurrió en 1981: Arenas defendió que "nadie" echaría al PP de la ponencia del Estatuto.
La entonces vicepresidenta primera del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega agradeció el esfuerzo y "generosidad" desplegado por la "práctica totalidad" de las fuerzas políticas. El entonces jefe de la oposición Mariano Rajoy defendió que el Estatuto andaluz es un "buen" texto para esta comunidad, "inequívocamente" constitucional y "cierra el paso a cualquier veleidad nacionalista", fruto del consenso entre PSOE y PP.
Los populares apoyaron el texto andaluz a pesar de que veía puntos en común con el Estatut catalán. Paradójicamente, el PA, que no contaba con representación en el Congreso, fue la única fuerza que se opuso al texto. A partir de aquí el Partido Andalucista cayó en la irrelevancia.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía quedó aprobado finalmente en diciembre de 2006. El texto cuenta con 250 artículos cuya minuciosidad se traduce en la enumeración de los derechos y deberes de los andaluces, que en el anterior Estatuto de 1981 descansaba en una referencia a los que establece la Constitución española, así como en una amplia descripción de las competencias en manos de la comunidad. "Desde el Estatuto de 1981, Andalucía se reafirma como una nacionalidad histórica que, en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce el artículo 2 de la Constitución, se constituye en comunidad autónoma en el marco de la unidad de la nación española", recoge la Junta de Andalucía.
La propia Junta recoge como claves del Estatuto que "el articulado recoge un amplio catálogo de derechos sociales, entre los que destacan la protección integral contra la violencia de género, la equiparación de los derechos de las parejas no casadas con las que sí lo están, el testamento vital y la dignidad ante el proceso de muerte, la laicidad de la enseñanza, la gratuidad de los libros de texto en la enseñanza pública obligatoria, el consejo genético y la medicina predictiva, el derecho a una renta básica o el derecho a una buena administración. El broche recae en la garantía de la reclamación de estos derechos ante la jurisdicción correspondiente cuando se estime que ha habido una vulneración".
"En cuanto a la financiación pública, se establece la autonomía financiera, la actualización de los fondos que corresponden a Andalucía, la revisión quinquenal con el Estado del sistema de financiación, la creación de una Agencia Tributaria propia, la participación en el estudio de las inversiones que el Estado realice en su territorio, y la gestión, planificación y ejecución de los fondos europeos", señala la Administración andaluza.
El Estatuto contempla "otros aspectos como la participación de Andalucía en los procesos de designación de los órganos constitucionales e instituciones del Estado, así como de los miembros que los componen, la planificación del sector de la energía y de los sectores estratégicos, el refuerzo de la comunidad autónoma en el exterior mediante las relaciones con la Unión Europea, la garantía del núcleo competencial propio de los municipios, y el principio de paridad".
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