
Aragón
La gran farsa de un abogado: condenado por ocultar un error fatal con tres años de mentiras
La Audiencia de Huesca condena a un abogado por un error procesal y, sobre todo, por ocultar su negligencia a dos clientas durante casi tres años, haciéndoles creer que su caso seguía adelante en los tribunales

Durante casi tres años, dos mujeres vivieron pendientes de una resolución judicial que nunca llegaría. Su abogado les aseguró que el caso seguía su curso, alimentando una esperanza que en realidad se había extinguido por su propia culpa. La Audiencia Provincial de Huesca ha puesto fin a esta situación condenando al letrado a indemnizarlas, no por el fondo del asunto que defendía, sino por una mentira sostenida en el tiempo y una grave negligencia profesional.
En realidad, la esperanza que alimentaba el abogado era una farsa para ocultar su propio fallo. Todo se originó en la presentación de un recurso de suplicación que contenía un error técnico garrafal. Este defecto de forma, calificado como insubsanable, provocó la inadmisión inmediata del recurso, cerrando de golpe la vía judicial para las aspiraciones de sus clientas y dejando su reclamación en un callejón sin salida.
Por si fuera poco, la decisión de no comunicar este revés tuvo consecuencias devastadoras. Al mantenerlas engañadas, el letrado les impidió ejercer su derecho a interponer un recurso de queja contra la inadmisión, dejándolas en una situación de completa indefensión. Fue precisamente la ocultación deliberada del fracaso lo que agravó una mala praxis que el tribunal ha considerado una clara vulneración de la lex artis, el código deontológico de la abogacía.
Una condena por el engaño, no por el resultado del pleito
En este sentido, la sentencia de la Audiencia Provincial establece una indemnización de 2.000 euros para las afectadas. El fallo judicial subraya que esta compensación no busca resarcir el dinero que podrían haber obtenido en el litigio original, sino reparar el perjuicio moral por la oportunidad perdida. Se castiga el daño causado al privarlas de la posibilidad de defender sus intereses hasta las últimas consecuencias.
De hecho, el tribunal desestimó la petición de las demandantes, que solicitaban una cantidad mucho mayor, concretamente 8.152,35 euros, equivalente a lo que reclamaban en el pleito frustrado. La resolución judicial es tajante al diferenciar entre el hipotético resultado del caso y el daño provocado por la conducta del abogado, centrando la condena exclusivamente en este último aspecto.
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