
Inseguridad
Okupación y 'publicidad del miedo': una experta maña destapa la verdad del "boom de la alarma antiokupa que tan de moda se ha puesto”
Importantísimas porque la policía puede actuar sin orden judicial si los ocupantes llevan menos de 48 horas dentro de la viviendas

En el actual debate social sobre la inseguridad ligada a la okupación de viviendas, las denominadas alarmas antiokupas han copado titulares y se han convertido en una opción preventiva que despierta gran demanda. Sin embargo, detrás de la terminología de moda, se esconde una realidad técnica mucho más sencilla y un debate sobre la ética en la promoción de la seguridad. Silvia Lasheras, CEO de Tecalsa, que es preguntada por 'El Español' al respecto, dice: "Ambas alarmas son el mismo sistema de protección que empleamos para hogares, negocios o cualquier otra propiedad". A esto, la experta añade que lo esencial no es el aparato, sino cómo y quién responde ante la señal de alarma.
Lasheras ha advertido sobre el impacto de los mensajes alarmistas en la percepción de inseguridad de la ciudadanía. “Hay una estrategia comercial que aprovecha el temor y la inseguridad que genera para vender alarmas”, denuncia, subrayando la necesidad de no comercializar la seguridad desde el miedo, sino desde la tranquilidad y la prevención. El problema ha llegado a tal punto que el Gobierno ha buscado limitar la llamada 'publicidad del miedo'. "El pasado mes de julio se aprobó un anteproyecto de ley para regular la difusión de este tipo de mensajes", explicó Lasheras.
La demanda y la realidad técnica
La demanda de alarmas, reconoce la directiva zaragozana, sigue al alza: “Actualmente la demanda de alarmas está creciendo a buen ritmo”. Estudios recientes apuntan a un incremento del 35% en los últimos cinco años. Pero Lasheras matiza: “La preocupación por el auge de la okupación tiene una relación directa con el boom de la alarma antiokupa que tan de moda se ha puesto”. En consecuencia, la CEO ha invitado a diferenciar entre el mensaje comercial y la realidad técnica de la seguridad residencial. "No hay ninguna diferencia, es exactamente la misma alarma con las mismas funcionalidades y diseño que utilizamos para la seguridad en cualquier residencia o empresa", recalcó.
Aunque el hardware de las alarmas es idéntico, su verdadera efectividad, especialmente en el contexto de una posible ocupación, radica en su conexión indispensable a una Central Receptora de Alarmas (CRA). Esta conexión es el pilar del servicio de seguridad, ofreciendo vigilancia constante las 24 horas del día, los 365 días del año. De esta forma, si se confirma la intrusión, se notifica a las autoridades pertinentes, como la policía o los bomberos.
La clave legal: la respuesta inmediata
La eficacia de una alarma en un caso de okupación reside en la respuesta inmediata. Si la intrusión es confirmada y se avisa a la policía de inmediato, los agentes pueden actuar sin orden judicial si los ocupantes llevan menos de 48 horas dentro de la vivienda, ya que se considera allanamiento de morada. Esto permite un desalojo rápido y evita "los prolongados procesos legales que se seguirían en una ocupación sin alarma". La videovigilancia y las grabaciones recogidas por el sistema de alarma, especialmente si están conectadas a una CRA, constituyen pruebas legalmente válidas.
De hecho, el Tribunal Supremo las considera 'documentos probatorios' que facilitan la identificación de los responsables y agilizan el proceso legal para recuperar el inmueble, siempre que sean auténticas y obtenidas respetando la ley de protección de datos. Por todo ello, la CEO aboga por dejar de lado los mensajes que exacerban la percepción de peligro y priorizar la profesionalidad y la legalidad en el sector. Lasheras llama a una “reflexión sosegada” y reclama dar prioridad a “servicios que ofrezcan, ante todo, una respuesta profesional y ajustada a la legalidad”.
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