Congreso de los Diputados
Secretos oficiales, más o menos
En España tenemos vigentes algunas leyes dizque preconstitucionales, o sea de los tiempos de Francisco Franco; fachas, descalificarán los creativos de la nueva política. Fueron elaboradas con detalle y acierto, tanto que a lo largo de las décadas no han precisado modificaciones pese a la singular importancia y actualidad de las cuestiones sobre las que legislan.
Hace unas semanas mientras repasaba una documentación para asistir a la comparecencia del Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear me percaté que la Ley sobre Energía Nuclear data de 1964. El pasado martes una iniciativa del Grupo Parlamentario Vasco para reformar la Ley de Secretos Oficiales nos obligó a los diputados a desempolvar un texto legislativo del año 1968 y que apenas si ha sufrido una leve reforma en casi medio siglo.
En lo relativo a la Ley de Secretos Oficiales, los ánimos reformistas constituyen novedad por mucho que algunos traten de disimularlo. De hecho han sido contadísimos los intentos para que el Congreso y el Senado se pronunciasen sobre la conveniencia de modificar el texto legislativo y, casualmente, todas las propuestas han sido en torno a la desclasificación de expedientes y documentos históricos. ¿Todas? No. A don Fernando Alvarez de Miranda, primer presidente de las Cortes Generales en democracia, fallecido el pasado mes de mayo, le preocupó el asunto de los Secretos Oficiales y en su calidad de Defensor del Pueblo y lo hizo constar en el informe anual de la institución correspondiente a 1995 una interesante reflexión que, vaya paradojas, no debe ser del interés de las nuevas ínfulas antisecretistas que nos inundan desde Cataluña y Euskadi. Propuso Alvarez de Miranda en más de seis páginas la intervención de las Cortes Generales para que, cito textualmente, “se estudie, valore y, en su caso, se apruebe una nueva regulación legal de los secretos oficiales, en la que se tengan en cuenta los derechos y principios proclamados en la Constitución de 1978”. Hacía la recomendación –caída en saco roto- ante la necesidad de “tener en cuenta el derecho de los ciudadanos a usar las pruebas pertinentes para su defensa sin dejar zonas de inmunidad fuera del ámbito judicial”.
Sorprende el silencio a lo largo del tiempo ante estas alertas de posible inconstitucionalidad de la Ley de Secretos Oficiales. Sorprende más aún el empeño que ahora se ha puesto para impulsar su reforma –dos iniciativas en lo que va de año, a la segunda fue la vencida- con el pretexto del acceso a documentación histórica sobre la que, además, ya en la X Legislatura hubo acuerdos en las Cortes Generales en aras de la desclasificación de determinados documentos de carácter histórico que afectan al Ministerio de Defensa, previo estudio y revisión en profundidad, inventariado y selección.
La Ley sobre Secretos Oficiales afecta, entre otros aspectos destacados, a importantes cuestiones relativas a la seguridad del Estado, incluso a la seguridad exterior, a las relaciones con otros países y también a la privacidad e intimidad de miembros de las Fuerzas Armadas. Habrá que prestar especial atención no vaya a ser que la futura ley eche por tierra los valores principales que hasta la fecha vino custodiando el Estado al servicio efectivo y eficaz de los intereses de España.
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