Tribunales
La Justicia condena a un banco a rembolsar el dinero robado por ciberestafa a una clienta de Gran Canaria
La mujer fue víctima de "phishing", llevado a cabo a través de mensajes SMS
El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha fallado a favor de una residente de la ciudad, ordenando a un banco reembolsarle 4.902 euros más intereses tras haber sido víctima de una ciberestafa de tipo "phishing". Así lo ha comunicado el propio Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
De acuerdo con el TSJC, la clienta perdió todo su dinero al seguir instrucciones que, bajo la apariencia de un aviso de seguridad del banco, la llevaron a realizar una transferencia a la cuenta de los estafadores.
Modus operandi de la estafa
Esta estafa se llevó a cabo a través de mensajes SMS que redirigieron a la afectada a una página web que imitaba a la de la entidad bancaria. Así, la clienta ingresó sus datos de acceso en esta web y, al poco tiempo, fue contactada por una persona que simuló ser un empleado del banco. El falso trabajador, quien parecía conocer detalles de las últimas transacciones de la clienta, le dijo que debía transferir sus fondos a una "cuenta segura" con el fin de evitar posibles riesgos respecto a la seguridad.
Así, la demandante realizó dos transferencias a la cuenta indicada, por montos de 1.152 y 3.750 euros, "perdiendo toda disponibilidad sobre las referidas cantidades, dando lugar a la denuncia ante el Cuerpo Nacional de Policía".
Responsabilidad patrimonial
Tras lo sucedido, el banco rechazó la reclamación, argumentando para ello que la clienta era responsable al haber caído en la trampa. No obstante, el juez falló que la entidad financiera tiene responsabilidad patrimonial por no haber establecido las medidas de seguridad suficientes para evitar esta clase de fraude.
Ante la negativa del banco a devolver el dinero sustraído por los ciberdelincuentes, el juez argumenta que no se puede exigir que la demandante "desplegara una actitud sospechosa o inquisitiva en cuanto al mensaje remitido", el cual consideró legítimo, "toda vez que incluso recibió llamadas de quien decía ser empleado de la demandada, que explicaban el motivo de los SMS remitidos [...] dentro de la línea de conversación que mantenía" con su entidad bancaria.
Por todo ello, la sentencia establece que el banco debe asegurar que sus servicios de pago en el entorno digital, "cada vez más vulnerable a ataques", cuenten con medidas de seguridad efectivas y no solo se limiten a campañas informativas.
Tal y como se incluye en la misma, "la clienta no tenía razones para dudar de la legitimidad de los mensajes ni del supuesto empleado, quien incluso tenía acceso a información personal sobre ella y sus movimientos bancarios". Asimismo, se señala que la afectada no operó imprudentemente, ya que fue víctima de un esquema de fraude sofisticado que se sirvió de su confianza en dicho banco.
Aunque es susceptible de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, la sentencia ha sido considerada por el TSJC como un importante precedente judicial, teniendo en cuenta que podría alentar a otras víctimas de ciberestafas a reclamar a las entidades bancarias la devolución de fondos robados en situaciones similares.
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