Sociedad

12 años de prisión para una mujer que acosaba y humillaba a sus trabajadores en Albacete

El Juzgado de lo Penal Número 1 de Albacete ha acusado a M.D.P.R.T. de seis delitos contra la integridad moral de los trabajadores a su cargo y otros seis delitos de lesiones psíquicas

Ciudad de la Justicia de Albacete
Ciudad de la Justicia de Albacetealbacetecapital.com

La mujer condenada sometía a los denunciantes a situaciones humillantes y vejatorias, llegando a prolongar las jornadas laborales de algunos empleados hasta que a ella le parecía oportuno.

M.D.P.R.T. obligó a uno de sus empleados, en este caso, a J.L., a trabajar de 8.00 a 21.00 horas, un total de 13 horas sin comer ni descansar. De igual modo, amenazaba a J.L. con despedir a su hija, I.L., quien también trabajaba para la condenada.

Según recoge la sentencia, estas situaciones se venían originando desde el año 2013, cuando M.D.P.R.T. tomó posesión de su cargo como registradora titular hasta junio de 2016.

Durante ese periodo, la mujer condenada les manifestaba a sus trabajadores que "debían estar agradecidos de cobrar a fin de mes", además de asignarles una cantidad muy elevada de trabajo y acusarles de "falta de rendimiento intencionada".

El comportamiento de la condenada conllevo a cinco de sus empleados, I.L.N., C.R.M., A.M.L.G., J.L.G. y F.R.G., a darse de baja el 23 de enero de 2014.

Ya en abril del 2015, la condenada y los denunciantes volvieron a coincidir laboralmente hasta que el 5 de mayo de ese mismo año, se volvieron a dar de baja C.R.R., A.M.L.G., J.L.G., F.R.G. y M.J.M.T., debido a la situaciones de acoso y humillación que sufrían. Una de las acciones de supervisión de esta mujer consistía en ordenar a los trabajadores más nuevos que anotasen por escrito todo aquello que hacían los empleados reincorporados tras la baja.

De igual forma, dichos trabajadores eran excluidos de reuniones de trabajo, se les prohibía responder llamadas de teléfono e incluso les limitaba la movilidad dentro del centro de trabajo. Toda esta situación provocó graves consecuencias físicas y psicológicas para los empleados que tuvieron que someterse a tratamientos médicos.

Por su parte, el tribunal ha condenado a M.D.P.R.T. a 12 años de prisión, seis años de cárcel por cada uno de los seis delitos contra la integridad moral en su modalidad de acoso laboral, y seis años de prisión por cada uno de los seis delitos de lesiones psíquicas.

Además, la mujer condenada deberá indemnizar con 20.000 euros a cada uno de los seis perjudicados, por daños morales ocasionados. Igualmente, se le impone el pago de las costas procesales y de la acusación particular.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación.