Violencia de género
Le absuelven de abusar sexualmente de su esposa pero es condenado por maltrato en Palencia
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León considera probado que el hombre, de 88 años, vejó a su mujer durante más de 50 de matrimonio
El anciano de 88 años al que se acusaba de un delito continuado de abusos sexuales contra su mujer ha sido absuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León(TSJCyL) que, sin embargo, ha mantenido la condena de la Audiencia de Palencia por maltrato doméstico y amenazas durante más de 50 años de matrimonio.
El TSJCyL ha estimando así en parte los recursos de apelación interpuestos por la defensa y el fiscal y ha revocado parcialmente la sentencia de la Audiencia que condenaba al anciano a cuatro años y cuatro meses de cárcel por un delito continuado de abusos sexuales, un delito de malos tratos habituales y un delito de amenazas.
Según la resolución, el encausado había sido condenado en junio de 2019 a 24 meses de prisión por estas causas, además de una indemnización de 6.000 euros por daños morales. Contra esta resolución la defensa alegó infracción de “normas y garantías de ordenamiento jurídico” consistente en la nulidad de la declaración de la esposa del acusado.
Los magistrados del TSJ han concluido en su sentencia que “no cabe acoger la alegación de nulidad” en las declaraciones de la testigo tanto en la fase de investigación como durante la vista oral donde la mujer declaró por voluntad propia. En cuanto al delito continuado de abusos sexuales, ha señalado que “el matrimonio no supone sumisión de un cónyuge al otro, ni mucho menos enajenación de voluntades” pero constata la realidad de que la pareja había mantenido una relación matrimonial ininterrumpida a lo largo de 55 años en la que habían tenido cinco hijos y que siguieron conviviendo después de la denuncia de la mujer contra su esposo.
Asimismo, hace referencia a las “coordenadas sociales y culturales propias de la época y del medio rural” en que han vivido, así como a la influencia de las “concepciones religiosas de carácter tradicional”. “La conducta del marido de exigir relaciones matrimoniales y la de corresponder por parte de la esposa adquiere justificación en la convicción, compartida por ambos, de que esta reciprocidad constituye un elemento consustancial a la relación conyugal”, señala la sentencia.
Por estos motivos, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal han acordado absolver al procesado del delito continuado de abusos sexuales por el que había sido condenado a dos años de prisión.
Finalmente, el Tribunal Superior ha fijado en 34 meses la duración de la pena accesoria del delito de maltrato habitual, de prohibición de aproximación a su mujer a menos de 50 metros de su domicilio o cualquier otro en que se encuentre.
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