Sociedad

Casi ocho de cada diez dictámenes del Consejo Consultivo corresponden a asuntos de responsabilidad patrimonial

Su presidente, Agustín Sánchez de la Vega, destaca la “importante labor de apoyo y asesoramiento a las administraciones”

El presidente del Consejo Consultivo, Águstín Sánchez de Vega, en la sede de este órgano ubicada en Zamora
El presidente del Consejo Consultivo, Águstín Sánchez de Vega, en la sede de este órgano ubicada en Zamoralarazon

Cerca de ocho de cada diez dictámenes emitidos por el Consejo Consultivo de Castilla y León durante 2020, concretamente, 285 de 374, correspondieron a asuntos de responsabilidad patrimonial, según señalaron fuentes de la institución.

Valladolid es la provincia de la que procede la mayoría de los expedientes, con 66 dictámenes, seguida por Burgos y Salamanca, con 50 cada una. La mayor parte de los dictámenes sobre esa materia derivó del mal funcionamiento de los servicios públicos y de reclamaciones en el ámbito sanitario.

El presidente del Consejo Consultivo de Castila y León, Agustín Sánchez de la Vega, destacó la “importante labor de apoyo y asesoramiento” que realiza la institución para “ayudar a las administraciones a su mejor funcionamiento lo que, en definitiva, redunda en una mejor administración para todos los ciudadanos”.

El Consejo Consultivo es una institución propia de la Comunidad autónoma que integra dos órganos con sendas funciones diferenciadas: la consultiva y la correspondiente al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, lo que la convierte en el único caso de España con esa configuración. “El control y la garantía de la legalidad presiden ambas funciones, que se desarrollan  con independencia, imparcialidad, objetividad y autonomía funcional, conforme a un procedimiento reglado”, anotó Sánchez de Vega.

El Consejo Consultivo dictamina en expedientes de responsabilidad patrimonial con carácter preceptivo de conformidad con lo previsto en la Ley 1/2002, de 9 de abril, reguladora de la Institución. Se pronuncia en los expedientes de responsabilidad patrimonial tramitados por la administración autonómica y por las administraciones locales cuando las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 6.000 euros en el ámbito de la autonómica y a 3.000 euros en el de la local, según explicaron las mismas fuentes.