Covid-19
¿Qué establecimientos pueden abrir más allá de las 20 horas en Castilla y León?
De velatorios a universidades, pasando por los establecimientos de alimentación o las gasolineras
La reacción de la Junta de Castilla y León a la resolución del Tribunal Supremo que anula el adelanto del toque de queda a las 8 de la tarde implica que los establecimientos no esenciales tengan la obligación de cerrar a esa misma hora, según el acuerdo tomado este martes por la Junta, que establece hasta 14 excepciones.
En concreto las actividades exceptuadas por la normativa que regirá a partir de mañana y que por tanto no tendrán ese límite de las 8 de la tarde son las siguientes:
1 -Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
2 -Los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida; y servicios de naturaleza análoga.
3 -Los establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción.
4 -Los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.
5 -Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
6 -Velatorios.
7 -Práctica de la actividad deportiva permitida, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre.
8 -Servicios profesionales, de seguros y de empleados de hogar.
9 -Servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos.
10 -Centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que tendrán el horario establecido por la Consejería de Educación.
11 -Las universidades, de acuerdo con sus protocolos.
12 -Entidades de formación acreditadas y/o inscritas en alguno de los registros coordinados con el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
13 -Escuelas municipales de música y danza.
14 -Las actividades de restauración permitidas.
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