Política

El Consultivo dictamina el anteproyecto de Ley de la Oficina de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción

Este ente público tendrá personalidad jurídica propia y actuará con plena independencia y autonomía

Agustín Sánchez de Vega, presidente del Consejo Consultivo
Agustín Sánchez de Vega, presidente del Consejo ConsultivoRubén CachoIcal

El Consejo Consultivo de Castilla y León ha dictaminado el anteproyecto de Ley por la que se crea y regula la Oficina de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunidad de Castilla y León y se establece el estatuto de las personas denunciantes.

Según recoge el texto, se crea con la finalidad de reforzar la prevención y lucha contra el fraude, la corrupción y cualquier conducta, hechos o situaciones de los que pudieran derivarse ilícitos relacionados con la gestión y percepción de fondos públicos, con la toma de decisiones en la gestión pública y con cualquier otra acción u omisión que pueda ser constitutiva de alguna forma de fraude o corrupción.

La Oficina de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunidad de Castilla y León se configura como un ente público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se adscribe a las Cortes de Castilla y León, y actuará con plena independencia y autonomía en el ejercicio de sus funciones.

Las actuaciones previstas en la Ley se rigen por los principios de legalidad, integridad, objetividad, imparcialidad, confidencialidad, responsabilidad, transparencia, eficacia, eficiencia y rendición de cuentas a la ciudadanía.

Recordar que es preceptivo el dictamen del Consejo Consultivo en los casos previstos en la Ley 1/2002, de 9 de abril, reguladora de la institución, entre los que están los anteproyectos de Ley o, entre otros, los proyectos de reglamentos o disposiciones de carácter general que se dicten en ejecución de las Leyes así como sus modificaciones.

Asimismo, en la reunión se ha dictaminado, entre otros asuntos, el proyecto de Decreto por el que se regulan las oficinas de asistencia en materia de registros de la administración de la Comunidad de Castilla y León.

El texto recoge que su objeto es regular la organización y funcionamiento homogéneos de la asistencia presencial a la ciudadanía en la administración de la Comunidad, a través de las oficinas de asistencia en materia de registros así como el sistema de registro único.