Medio ambiente
Se abre la veda para pescar el cangrejo rojo y el señal en Castilla y León: estos son los ríos y cuencas donde más abundan
Los amantes de la pesca de estas dos especies invasoras podrán atrapar estos ejemplares hasta final de año desde que sale el sol hasta una hora después de su puesta
Buenas noticias para los amantes de la pesca del cangrejo en Castilla y León. Y es que desde este jueves 1 de junio y hasta final de año se podrán pescar ejemplares de cangrejo rojo de las marismas (Procambarus clarkii) y el cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) en el período comprendido desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, como indica la Ley de Pasca en Castilla y León.
Según los expertos, la mejor hora es con los primeros rayos de luz del día y al anochecer. Y, además, se dice que el mes de junio es el mejor, por la temperatura del agua.
En ambos casos, cabe señalar que los cangrejos capturados no se podrán devolver vivos a las aguas, sea cual sea su talla debido a que cuentan con la consideración de especies exóticas invasoras. No obstante se permite, con fines de control o erradicación, la posesión y el transporte de los ejemplares vivos que hubieran sido pescados en las masas de agua detalladas en el ámbito de aplicación de la Orden MAV/573/2022, de 26 de mayo, por la que se aprueba el plan de control de ambas especies invasoras, según informan en la web de la Junta.
Objetivo: proteger al cangrejo río autóctono, el cual no se puede pescar, dicho sea de paso. Y es que el cangrejo rojo y cangrejo señal puede sobrevivir largos periodos fuera del agua siempre y cuando se mantenga húmedo, pudiendo transportarlos de un punto a otro sin grandes medios. Por este motivo, y para evitar introducciones malintencionadas o por despiste y fugas de los ejemplares, se pide extremar la vigilancia.
De hecho, en los puntos de agua con presencia de especies foráneas de cangrejo pueden existir formas infectantes del hongo que provoca la afanomicosis y éstas adherirse al equipo o vestuario que utilicemos durante las prácticas deportivas, de ocio o pesca contaminándolo.
Estas formas sobreviven bien en ambientes húmedos incluso fuera del agua pero no son resistentes a la desecación. Si con el equipo todavía húmedo nos desplazamos hacia una masa de agua diferente, aislada de la anterior, en la que pudiera permanecer una población residual de cangrejo de río común, las formas infectantes atraídas hacia el cangrejo nadan activamente hacia él y se iniciará un brote de peste acabando con la población entera.
Para evitarlo es primordial no desplazarse entre masas de agua distintas y aisladas con el mismo vestuario y equipamiento si previamente no se ha secado completamente. Ciertos equipos como vadeadores, reteles, trajes de neopreno, sogas,… requieren más tiempo de secado que otros y se deben estirar bien para evitar que la humedad quede en pliegues o dobleces.
En ocasiones no se dispone de tiempo para realizar el secado completo y se debe optar por la desinfección.
¿Cómo desinfectar?
Una forma sencilla consiste en sumergir el equipo y vestuario completamente en agua con lejía disuelta. Serviría un tapón de lejía por cada 5 litros de agua durante 20 minutos. O también fumigarlo con la misma concentración de lejía y un vaporizador (para una concentración de lejía del 5% se debe añadir 1ml por litro de agua, es decir unas 20 gotas de lejía por cada litro de agua).
El agua con lejía se puede dejar al sol antes de verterla para reducir la concentración de lejía mediante la evaporación y en todo caso debemos adoptar las medidas adecuadas que eviten la llegada de ésta al cauce.
La pesca de ejemplares de cangrejo rojo de las marismas y cangrejo señal solo se puede llevar a cabo en las masas de agua delimitadas mediante la Orden FYM/339/2019, de 27 de marzo, salvo en los refugios de pesca, y que son estas:
1- Masas de agua incluidas dentro de la Orden FYM/339/2019, de 27 de marzo, por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por la carpa (Cyprinus carpio), por el black-bass (Micropterus salmoides), por el cangrejo rojo o de las marismas (Procambarus clarkii) y por el cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
2- Masas de agua que no fueron incluidas dentro de la Orden FYM/339/2019, de 27 de marzo, por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por la carpa (Cyprinus carpio), por el black-bass (Micropterus salmoides), por el cangrejo rojo o de las marismas (Procambarus clarkii) y por el cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
3- Masas de agua que estando incluidas dentro de la Orden FYM/339/2019, de 27 de marzo, no pueden ser objeto de pesca puesto que están tipificadas como Refugios de Pesca conforme con la Orden FYM/1574/2020, de 15 de diciembre, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca.
Puede igualmente visualizar y tener acceso al contenido de los tramos donde se puede realizar el control de estas especies a través del visor del Portal de Pesca de Castilla y León disponible en el siguiente enlace: https://pescacastillayleon.es/visor/
Se puede pescar a en aguas de acceso libre (tanto trucheras como no trucheras): permitida todos los días durante estos meses. También en cotos de pesca, aguas en régimen especial y escenarios deportivo-sociales declarados mediante la Orden MAV/377/2023, de 14 de marzo, teniendo en cuenta que durante el periodo hábil de su plan de pesca está permitida los días inhábiles para la pesca con caña, y los días hábiles cuando no sea necesario permiso o pase de control.
También se pueden capturar fuera del periodo hábil de su plan de pesca: permitida todos los días así como en escenarios deportivo-sociales pero no permitida los días autorizados para competiciones oficiales, eventos sociales de pesca o entrenamientos de pescadores federados que formen parte de los equipos que representan a la Comunidad de Castilla y León en competiciones oficiales de carácter nacional o internacional.
Estas son las zonas y los ríos por cuencas donde se pueden pescar estos cangrejos desde hoy:
Ávila
CUENCA DEL DUERO
Río Adaja: Desde el puente de la carretera AV-P-103 de Mingorría a Zorita de los Molinos
hasta el límite provincial con Segovia.
Río Voltoya: Embalse de Serones.
CUENCA DEL TAJO
Río Alberche: Tramo comprendido entre las aguas embalsadas en el embalse de El Burguillo y
el límite con la provincia de Madrid y todos los afluentes en este tramo.
Río Tiétar: En todo su curso y afluentes.
Burgos
CUENCA DEL DUERO
Río Arandilla: Desde el puente de la localidad de Huerta de Rey, hasta la desembocadura en el río Duero, y sus afluentes Espejón o Buezo, Pilde, Perales y Arroyo de la Nava, y exceptuando el resto de afluentes.
Río Aranzuelo: Desde el puente de la localidad de Arauzo de Salce hasta su desembocadura, exceptuando el resto de afluentes.
Río Arlanza: Desde el puente de la piscifactoría “La Pesquería” en Quintanar de la Sierra
hasta su salida de la provincia de Burgos, incluyéndose los canales de derivación de este
tramo y exceptuándose los afluentes no contemplados en el presente Anexo.
Río Arlanzón: Desde el puente situado en la localidad de Arlanzón hasta su desembocadura en el río Arlanza, incluyéndose los canales de derivación de este tramo y exceptuándose los afluentes no contemplados en el presente Anexo.
Río Ausín: Desde el puente de Revilla del Campo hasta su desembocadura en el río Arlanzón, exceptuándose sus afluentes.
Río Bañuelos: Desde el puente de la carretera de Caleruega a Arauzo de Miel hasta su desembocadura en el río Duero, exceptuándose sus afluentes.
Río Duero: Desde su entrada en la provincia de Burgos hasta la salida de la provincia, incluyéndose todos sus afluentes, canales y todas las charcas artificiales procedentes de extracciones de áridos situados al sur del río. También se incluyen los canales de riego situados al norte del Duero, cuyas aguas de derivación procedan de dicho río.
Río Esgueva: Desde el puente de la autovía A-1 en el término de Bahabón de Esgueva
hasta el límite con la provincia de Palencia, exceptuándose sus afluentes.
Río Franco: En todo su curso por la provincia de Burgos.
Río Gromejón: Desde el "Puente de la Cañada de Ventosilla" en el Término Municipal de Valdeande hasta su desembocadura en el río Duero, así como el río Puentevilla, y exceptuándose el resto de afluentes.
Río Hormazuela: Desde el puente de la localidad de Tobar hasta su desembocadura en el río Arlanzón, exceptuando sus afluentes.
Río Odra: Desde el puente de la carretera BU-627 en Sandoval de la Reina hasta su desembocadura en el río Pisuerga.
Río Pisuerga: Todo el tramo del río a su paso por la provincia de Burgos, incluyéndose los canales de derivación de este tramo y exceptuándose sus afluentes.
Río Rioseras: Desde el puente de la carretera en Robredo de Temiño hasta su desembocadura en el río Ubierna.
Río Ubierna: Desde el puente del Camino a Mata en Villalbilla Sobresierra hasta sudesembocadura en el río Arlanzón, exceptuándose sus afluentes.
Río Urbel: Desde el puente de la carretera BU-601 en La Nuez de Arriba hasta su desembocadura en el río Arlanzón, exceptuándose sus afluentes.
Río Vena: Desde la Cañada de Campos en la localidad de Rubena, hasta su desembocadura en el río Arlanzón, exceptuándose sus afluentes.
Río Viejo: Desde el puente de la carretera BU-V-8011 en Modúbar de San Cibrián hasta su desembocadura en el río Ausín.
CUENCA DEL EBRO:
Río Ebro: En todo su curso por la provincia de Burgos, incluido el embalse del Ebro, en Arija, y en los siguientes afluentes:
Río Jerea: Desde el puente que conecta con la carretera BU-550 en el municipio de Criales hasta su desembocadura en el río Ebro, exceptuándose sus afluentes.
Río Nela: Desde el puente de Tubilla hasta la desembocadura en el río Ebro, incluyéndose los canales de derivación de este tramo y exceptuándose sus afluentes.
Río Oca: Desde la presa de Oca hasta su desembocadura en el río Ebro, exceptuándose sus afluentes.
Río Oroncillo: Desde el puente de la autopista AP-1 situado aguas abajo de Ameyugo hasta su desembocadura en el río Ebro, exceptuándose afluentes.
Río Trueba: Desde el puente de la carretera de Bárcena de Pienza hasta su desembocadura en el río Nela, exceptuándose sus afluentes.
Río Zadorra: En todo su curso por la provincia de Burgos, exceptuándose sus afluentes.
León
CUENCA DEL DUERO
Embalse de Riaño: Aguas embalsadas hasta la altura de coronación de la presa, (cota de 1.100 metros sobre el nivel del mar).
Lagunas artificiales de Marne, en el término municipal de Villaturiel (coordenadas Huso 30 ETRS89 X: 0297610 Y: 4711155; X: 0297430, Y: 4710034).
Lagunas artificiales de Villaverde de Sandoval, en el término municipal de Mansilla La Mayor (coordenadas Huso 30 ETRS89 X: 0296901 Y: 4707451; X: 0296654 Y: 4707397) y en el término municipal de Villanueva de Las Manzanas (coordenadas Huso 30 ETRS89 X: 0296919; Y: 4707348).
Lagunas artificiales de Palanquinos, en el término municipal de Villanueva de las Manzanas (coordenadas Huso 30 ETRS89 X: 0292918 Y: 4704018; X: 0294232, Y: 4705362).
Laguna de Altobar de la Encomienda, en el término municipal de Pozuelo del Páramo.
Lagunas de Campo de Villavidel, en el término municipal de Campo de Villavidel.
Las tres Lagunas de Saludes de Castroponce, en el término municipal de Pozuelo del Páramo.
Las tres Lagunas de Valcabado del Páramo, en el término municipal de Roperuelos del Páramo.
Laguna de Villaestrigo, en el término municipal de Zotes del Páramo.
Laguna de Zotes del Páramo, en el término municipal de Zotes del Páramo.
Río Bernesga: Desde el puente de la Térmica en La Robla hasta su desembocadura en el río Esla, incluyéndose los canales de derivación de este tramo.
Río Cea: Desde el puente de la carretera LE-232, en Almanza, hasta el límite con la provincia de Valladolid, incluidos los arroyos, canales y desagües de los términos
municipales de Gordoncillo, Valderas e Izagre.
Río Eria: Desde el puente de Pinilla de la Valdería hasta el límite con la provincia de
Zamora.
Río Esla: Desde el puente de Mansilla de las Mulas de la antigua N-601 hasta el límite de provincia, incluyendo aguas afluentes de arroyos, canales y desagües, incluidos los de los
términos municipales por los que discurre el río (Villamañán, San Millán de los Caballeros, Villademor de la Vega, Toral de los Guzmanes, Algadefe, Villamandos, Villaquejida,
Cimanes de la Vega, Fresno de la Vega, Valencia de Don Juan, Villaornate y Castro).
Río Jamuz: Desde el puente de la localidad de Quintana y Congosto, que da acceso al Barrio de Congosto, hasta su desembocadura en el Órbigo.
Río Órbigo: Desde el puente colgante de Llamas a Azadón (límite inferior del coto Villarroquel) hasta el puente nuevo de la circunvalación LE-420 de Carrizo (límite superior del EDS de Villanueva de Carrizo), incluidas las presas de riego del tramo. Desde el puente sobre el río de la N-120 en Hospital de Órbigo hasta el límite con la provincia de Zamora, incluidas las charcas o balsas de San Juan de Torres y Cebrones del Río, en el término Municipal de Cebrones del Río.
Río Porcos: Aguas del embalse de Benamarías.
Río Porma: Desde Villimer (límite inferior del coto El Condado II) hasta su desembocadura en el río Esla, incluyéndose sus afluentes en el tramo.
Río Sequillo: En todo su curso en la provincia.
Río Torío: Desde el puente de la C-626 en Naredo de Fenar hasta su desembocadura en el río Bernesga, incluyéndose los canales de derivación de este tramo.
Río Tuerto: Desde la desembocadura del río Porcos hasta su desembocadura en el río Órbigo.
Río Valderaduey: En todo su curso en la provincia.
CUENCA DEL SIL
Embalse de Bárcena: Aguas embalsadas.
Río Boeza: Desde la desembocadura del río Tremor hasta su desembocadura en el río Sil.
Río Burbia: Desde la presa del embalse El Pelgo hasta su desembocadura en el río Cúa.
Río Cúa: Desde el puente de Villamartín hasta su desembocadura en el río Sil.
Río Meruelo: Desde el azud de la presa del Molino, aguas arriba de Molinaseca, hasta su
desembocadura en el río Boeza.
Río Sil: Desde el puente de Toral de Merayo hasta el límite con la provincia de Orense.
Palencia
CUENCA DEL DUERO
Río Avión: Desde el puente sobre el río en Tabanera de Valdavia hasta su desembocadura en el río Valdavia.
Río Boedo: Desde el puente sobre el río en Báscones de Ojeda hasta su desembocadura en el río Valdavia.
Río Burejo: Desde el casco urbano de Pisón de Ojeda hasta su desembocadura en el río Pisuerga.
Río Camesa: Desde su entrada en la provincia en la localidad de Canduela hasta su desembocadura en el río Pisuerga.
Río Carrión: Desde la presa del embalse de Compuerto hasta el puente sobre el río en Carrión de los Condes.
Canal de Castilla: Desde el puente sobre la carretera P-610 en Alar del Rey hasta el límite con la provincia de Burgos en Naveros de Pisuerga, y desde su entrada en la provincia hasta su cruce
con la autovía A-231, así como las derivaciones existentes en las esclusas.
Río Lucio: Desde su entrada en la provincia en la localidad de Puentetoma hasta su desembocadura en el río Camesa.
Río Nuevo o de Los Molledos: En todo su curso.
Zona de la Perionda: Todas las aguas comprendidas en el triángulo formado por la carretera P235 entre las localidades de Saldaña y Terradillos de los Templarios, la carretera CL-615 entre las
localidades de Carrión y Saldaña y el tramo de la autovía A-231 comprendido entre la intersección con las dos carreteras anteriores.
Canal del Pisuerga: Desde la presa del Rey en Herrera de Pisuerga hasta el límite con la provincia de Burgos en Naveros de Pisuerga.
Río Pisuerga: Desde el puente sobre el río en la entrada del casco urbano de San Salvador de Cantamuda hasta el límite con la provincia de Burgos en Naveros de Pisuerga, incluyéndose los
canales de derivación de este tramo y exceptuándose los afluentes no contemplados en el anexo.
Río Sequillo: Desde su entrada en la provincia hasta su cruce con la autovía A-231.
Río Ucieza: Desde el puente sobre la carretera P-225 en Membrillar hasta su cruce con la autovía A-231.
Río Valdavia: Desde la desembocadura del arroyo Oncarido, junto al cementerio de Congosto de Valdavia, hasta el límite con la provincia de Burgos.
Río Valdecuriada: Desde Carbonera hasta su desembocadura en el río Ucieza.
Todos los cursos y masas de agua de la provincia situados al sur de la autovía del Camino de Santiago A-231, con la excepción de la zona de la Laguna de la Nava descrita por los siguientes
límites: Comenzando por el oeste, carretera de Fuentes de Nava a Castromocho, hasta el límite del término municipal de Fuentes de Nava; continúa por dicha línea del término de Fuentes, hasta su encuentro con la carretera de Fuentes de Nava a Mazariegos; prosigue por esta carretera, hasta el cruce con el río Valdeginate, que marca el límite sur; de aquí, al encuentro con el río Retortillo; este río define el límite por el Este hasta cruzar la carretera de Fuentes de Nava a Becerril de Campos, borde norte. Se excluyen de esta excepción los ríos Valdeginate y Retortillo.
CUENCA DEL EBRO
Río Ebro: Desde la Presa del Molino en Báscones de Ebro hasta el límite de los términos de Báscones de Ebro y Cuíllas del Valle con la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Salamanca
CUENCA DEL DUERO
Arroyo Zarzosillo: Desde su nacimiento hasta su cruce con la carretera SA-220, en el municipio de El Cabaco.
Río Agadón: Desde su nacimiento hasta el azud de la elevación de aguas del pueblo de Zamarra, situado unos 100 metros aguas abajo de la desembocadura del río de las Vegas y todas las aguas que afluyen a este tramo, incluyendo las que afluyen también al río de las Vegas.
Río Agueda: Desde su nacimiento hasta el azud de las Juntas, situado 100 metros aguas abajo de la desembocadura del río Riofrío y todas las aguas que afluyen a este tramo, incluyendo las que
afluyen también al río Riofrío.
Río Gavilanes: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera SA-220, en el municipio de Tenebrón, y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Río Mayas: En todo su recorrido y todos los afluentes del su tramo alto situados aguas arriba del puente que cruza la carretera de Robleda a El Sahugo.
Río Morasverdes: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera SA-220, a la altura de la localidad del mismo nombre, y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Río Tenebrillas: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera SA-220, a la altura de la localidad de Tenebrón, y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Río Tormes: Desde su nacimiento hasta el puente de Puente de Congosto en la provincia de Salamanca y todas las aguas que afluyen a este tramo; y desde el pie de presa del embalse de Santa Teresa hasta el límite inferior del coto de Alba de Tormes (1900 m aguas arriba del puente de Alba de Tormes).
Río Yeltes: Desde su nacimiento hasta su cruce con la carretera SA-215, en el municipio de Cereceda de la Sierra.
CUENCA DEL TAJO
Arroyo de la Palla: Desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Alagón, y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Arroyo de las Quilamas: Desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Alagón, y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Río Batuecas: Desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Alagón, y todas las aguas que afluyen a este tramo, en la provincia de Salamanca.
Río Cuerpo de Hombre: Desde su nacimiento hasta el puente de Montemayor del Río, y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Río Francia: Desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Alagón, y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Segovia
CUENCA DEL DUERO
Arroyo Sacramenia: Desde la finca “Coto de San Bernardo” hasta su desembocadura en el río Duratón, incluyéndose sus afluentes.
Río Acebedas: Desde la cola del embalse de Revenga hasta la presa, incluyéndose sus afluentes.
Río Adaja: Desde su entrada a la provincia de Segovia en el término de Donhierro, hasta su salida en la provincia de Valladolid por el término de Montejo de Arévalo, incluyéndose sus afluentes.
Río Aguisejo: Desde el salto de agua localizado aguas abajo del puente de la carretera SG-145 a la altura de la localidad de Santibáñez de Ayllón hasta su desembocadura en el río Riaza, incluyéndose sus afluentes.
Río Cega: Desde el desagüe del Molino de las Umbrías en el término municipal de Pedraza hasta la desembocadura del arroyo La Matilla, incluyéndose sus afluentes; y desde el puente de la carretera SG-211 de Aguilafuente a Lastras de Cuéllar hasta el límite con la provincia de Valladolid, incluyéndose sus afluentes.
Río Duratón: Desde el puente de la localidad de Duratón (al finalizar la calle Fuente del Azoguejo) hasta el Puente romano de Talcano en el término municipal de Sepúlveda, incluyéndose sus afluentes; y desde la presa del embalse de Burgomillodo hasta el límite con la provincia de Valladolid, incluyéndose sus afluentes.
Río Eresma: Desde el puente en el término municipal de Segovia a la altura del Vivero Forestal Los Lavaderos en la carretera CL-607 de Arévalo, hasta el límite con la provincia de Valladolid, incluyéndose sus afluentes.
Arroyo Fuentesoto: Desde la ermita de San Vicente en el término municipal de Fuentesoto, hasta la confluencia con el Arroyo Sacramenia, en el término municipal de Sacramenia, incluyéndose sus afluentes.
Río Milanillos: Desde la carretera N-603 hasta su confluencia con el río Eresma, incluido el arroyo Valdecillos, incluyéndose sus afluentes.
Río Moros: Desde el puente de la carretera SG-722 de Otero de Herreros a Vegas de Matute, hasta su desembocadura en el río Eresma, incluyéndose sus afluentes.
Río Pirón: Desde la fuente Covatillas en el término municipal de Peñarrubias hasta el límite con la provincia de Valladolid, incluyéndose sus afluentes.
Río Riaza: Desde el puente en la localidad de Montejo de la Vega de la Serrezuela hasta el límite con la provincia de Burgos, incluyéndose sus afluentes.
Río San Juan: Desde el Molino de la toma de agua de la localidad de Cantalejo hasta su desembocadura en el río Duratón, incluyéndose sus afluentes.
Río Voltoya: Desde su entrada en la provincia de Segovia, término municipal de Muñopedro, hasta su desembocadura en el río Eresma, incluyéndose sus afluentes.
Soria
CUENCA DEL DUERO
Río Duero: En todo su curso y afluentes desde la confluencia de los ríos Duero y Triguera hasta el límite con la provincia de Burgos con las siguientes excepciones:
1- Los afluentes del río Duero entre la confluencia de los ríos Duero y Triguera y el embalse de la Cuerda del Pozo
2- Río Abión: Desde su nacimiento en La Fuentona hasta la pasarela sobre el río, aguas arriba de la piscifactoría, en el término de Cabrejas del Pinar.
3- Río Ebrillos: Desde su nacimiento hasta la desembocadura del río Vadillo y todos sus afluentes.
4- Río Lobos: En todo su curso y afluentes en la provincia de Soria.
5- Río Razón: Desde su nacimiento hasta la piscina de Sotillo del Rincón incluyéndose sus afluentes, salvo el tramo del río Razoncillo desde el puente de la carretera SO-P-6114 en la localidad de Molinos de Razón hasta su desembocadura.
6- Río Revinuesa: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera a la Laguna negra y todos sus afluentes.
7- Río Tera: Desde su nacimiento hasta el puente superior en la localidad de Almarza y en todos los afluentes que desembocan en este río por encima de la localidad de Tera.
CUENCA DEL EBRO
Río Añamaza: Desde su nacimiento hasta el puente de la localidad de Dévanos, exceptuándose sus afluentes.
Río Cidacos: En todo su curso en la provincia de Soria, exceptuándose sus afluentes.
Río Henar: En todo su curso en la provincia de Soria, exceptuándose sus afluentes.
Río Jalón: Desde el puente de la carretera de Azcamellas hasta el límite con la provincia de Zaragoza, exceptuándose sus afluentes, el Embalse de Monteagudo y sus canales de derivación.
Río Linares: En todo su curso en la provincia de Soria, exceptuándose sus afluentes.
Valladolid
CUENCA DEL DUERO
Laguna de Duero: En el término municipal de Laguna de Duero.
Río Bajoz: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera de Castromonte a Villagarcía de Campos.
Río Duero: Margen derecha del tramo comprendido entre el dique del Embalse de San José y la Isla de los Alisos (sita en el término municipal de Torrecilla de la Abadesa) así como en aquellas zonas debidamente señalizadas como hábitat sensible de especies protegidas en este tramo.
Río Pisuerga: Desde el paraje denominado “La Vecilla” en la localidad de Cabezón de Pisuerga hasta el cementerio de la misma localidad; y en la ciudad de Valladolid, desde el Puente de El Cabildo (carretera VA-20), hasta el puente de La Hispanidad.
Zamora
Se pueden pescar en toda la provincia de Zamora, con las siguientes excepciones:
Todas las lagunas y cursos de agua existentes en los términos municipales de Villafáfila,
Revellinos y Villarrín de Campos dentro de la Reserva Natural de “Las Lagunas de Villafáfila”.
CUENCA DEL DUERO
Arroyo El Casal de Tábara: Desde su nacimiento hasta el cruce con la carretera de Tábara a Escober de Tábara y todas las aguas que afluyen a este tramo.
Cuenca del río Manzanas: Todos los cursos y masas pertenecientes a esta cuenca, incluyendo tanto aquellos afluentes que desembocan en el río Manzanas en la provincia de Zamora como aquellos afluentes que desembocan en el río Manzanas en Portugal. No se incluye dentro de esta excepción el tramo del río Manzanas existente entre la desembocadura del arroyo Cabrón hasta su entrada en Portugal (término municipal de Trabazos).
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