Tribunales
Absuelto un vallisoletano frente a una agencia de recobro por "no acreditarse la deuda"
Se desestima la demanda y absuelve totalmente al varón
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Medina del Campo (Valladolid) ha absuelto a un vallisoletano de pagar cerca de dos mil euros a una Agencia de Recobro por un préstamo que suscribió con una financiera en el año 2018.
En el procedimiento no ha quedado probado quién es realmente el titular de dicho contrato y, por tanto, quién suscribió el préstamo. “Argumentamos al Juzgado que se había imputado una deuda a una persona desconociendo el contenido y verdadero titular del mencionado contrato, puesto que no era la primera vez que su expareja concertaba préstamos con su identidad y sin su permiso”, ha explicado Saúl Núñez Amado, abogado encargado de la defensa.
La Agencia de Recobro aportó junto a su demanda certificado de deuda, carta de cesión del crédito, así como acta de liquidación, y todo a nombre del demandado. No obstante, el Juzgado motiva en su sentencia que los documentos que aporta la empresa han sido “creados unilateralmente por la actora” y “no pueden acreditar la relación jurídica que se pretende hacer valer, ni la legitimación de la mercantil actora ni la relación jurídica de la que trae causa la deuda que se reclama”.
En conclusión, desestima la demanda y absuelve totalmente al varón, ya que “no se ha acreditado la deuda”.
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