Tribunales
Condenada una enfermera en León por acceder al historial de una compañera
El TSJ de Castilla y León le pone una pena de dos años y nueve meses de prisión y una indemnización de 4.000 euros
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León desestimó el recurso presentado por una enfermera al confirmar íntegramente la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de León en mayo de 2022, mediante la que se la condena a una pena de dos años y nueve meses de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos al acceder al historial clínico de una compañera sin su consentimiento.
Asimismo, tendrá que hacer frente a una multa de 18 meses con una cuota diaria de seis euros e indemnizar a otra mujer con 4.000 euros por daño moral.
La Audiencia consideró probado que la enfermera, destinada en la Sección de Promoción y Protección de la Salud del Servicio Territorial de Sanidad de la Junta de Castilla y León, se aprovechó de que su ordenador disponía del programa Medora para acceder a las historias clínicas de otra enfermera compañera, sin su consentimiento ni conocimiento y sin que mediara relación asistencial que pudiera justificarlo.
Por otra parte, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó la condena impuesta por la Audiencia Provincial de León por un delito continuado de agresión sexual sobre menores a un berciano que en el año 2011 mantuvo contactos de carácter sexual continuados y con una frecuencia casi semanal con la hija de una prima suya, que por entonces contaba con sólo diez años. El TSJ rechaza el recurso de apelación interpuesto por la defensa y confirma la pena de nueve años y un día de prisión contra el acusado, que deberá indemnizar a la víctima con 30.000 euros.
Además, la condena se acompaña de una inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de 14 años y un día y de una medida de libertad vigilada por un periodo de seis años. Respecto a la víctima, no podrá aproximarse a una distancia inferior a 200 metros ni comunicarse con ella por cualquier medio durante los próximos 12 años.
Según recoge la sentencia, los hechos ocurridos en la primera mitad del año 2011, llegaron a su fin después de que el acusado fuera denunciado por su madre por la comisión de un delito de maltrato en el ámbito familiar, motivo por el que se le impuso una orden de alejamiento que le obligó a abandonar la localidad. La víctima, por su parte, recibió atención psicológica durante varios años por parte de la Oficina de Asistencia a las Víctimas de los Juzgados de Ponferrada y en 2014 pudo contarle lo sucedido a su familia. Cinco años más tarde, decidió interponer denuncia.
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