Medio Ambiente

Declarada la ‘alarma extrema’ de incendios en 18 municipios de León y Zamora del 27 al 29 de agosto

La Junta decreta la situación de "alerta" por causas meteorológicas para el resto de provincias de Castilla y León

Incendio forestal en la provincia de León
Incendio forestal en la provincia de LeónPeio GarcíaIcal

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, que dirige Juna Carlos Suárez-Quiñones declaró situación de alerta para toda la Comunidad y 'alarma extrema' para 18 de los municipios más afectados por los incendios forestales, de las provincias de León y Zamora, en los que establece medidas extraordinarias por las condiciones meteorológicas extremas para hacer frente a esta situación.

Estas condiciones de los últimos veinte días han colocado al combustible en una situación muy favorable para arder. A esto se añade la situación actual de extrema gravedad de incendios forestales en la Comunidad, que ha obligado a declarar una Situación Operativa 2b desde el 11 de agosto de 2025 de acuerdo con el Plan Infocal (Decreto 6/2025, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León).

Mediante Resolución de 22 de agosto de 2025, del director general de Patrimonio Natural y Política Forestal, por la que se declara situación de 'Alerta' para la Comunidad de Castilla y León, y 'Alarma extrema' para determinados municipios de León, Palencia y Zamora por riesgo meteorológico de incendios forestales para los días 23 al 26 de agosto en Castilla y León, se adoptó una serie de medidas excepcionales en relación con la problemática de incendios forestales y su riesgo para dicho periodo de tiempo.

Las predicciones más actualizadas para los días 27 a 29 de agosto indican la continuación de condiciones meteorológicas adversas. La evolución meteorológica “no es lo suficientemente favorable como para evitar el estrés hídrico de la vegetación”. “La ocurrencia de incendios especialmente agresivos de esta última semana genera unas condiciones locales especialmente adversas en su entorno”, señaló la Junta.

Ambas circunstancias aumentan “considerablemente el peligro de reproducciones o reactivaciones de los extensos perímetros de los incendios”, en algunos casos superiores a los 100 kilómetros, con el riesgo consiguiente para las personas y bienes, dado el “comportamiento extraordinariamente virulento con el que se están desarrollando los incendios forestales”.

Estas circunstancias extraordinarias hacen necesario continuar con la adopción de medidas oportunas en toda la Comunidad y, especialmente, en las zonas afectadas por incendios y sus proximidades.

Por todo ello, la Junta declara por resolución alerta en todos los municipios de la Comunidad por riesgo meteorológico de incendios del 27 al 29 de agosto del presente año. En este periodo y en toda la Comunidad serán de aplicación las medidas preventivas extraordinarias que establece la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León, para ser aplicadas en este periodo. Se trata de la prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello; no se podrán hacer barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas; se suspenden todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado; y se prohíbe la introducción y uso de material pirotécnico y las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.

Además, tampoco se podrá usar maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando estas hayan sido comunicadas a los servicios territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a las medidas establecidas por estos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio. Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.

Alarma extrema

Además, la resolución declara ‘alarma extrema’ en cuatro municipios de Zamora (Galende, Porto, San Justo y Trefacio) y en 14 de León (Acebedo, Barrios de Luna, Boca de Huérgano, Burón, Carrocera, Encinedo, Igüeña, Murias de Paredes, Palacios del sil, Páramo del Sil, Peranzanes, Posada de Valdeón, Riaño y Soto y Amio), todos ellos recogidos en un anexo de esta resolución por riesgo meteorológico de incendios en la Comunidad del 27 al 29 de agosto del presente año.

En este periodo y en los municipios especificados serán de aplicación las medidas preventivas extraordinarias que establece la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, para ser aplicadas durante las situaciones de alarma extrema. Así, además de establecerse las mismas medidas que ya recoge la situación de alerta para toda la Comunidad, se suma la prohibición, durante todo el día, del uso de ahumadores en la actividad apícola, en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda; y de maquinaria que genere o pueda generar deflagraciones chispas o descargas eléctricas y cualquier tipo de trabajo o actividad que pueda originar incendios en el monte y en los terrenos situados en la franja de 400 metros de ancho que lo circunda.

Además, no se permite el tránsito y la estancia en los montes de personas y vehículos, salvo el acceso a la propiedad, el desarrollo de las actividades profesionales, a los entornos urbanos, las actuaciones de emergencia o interés general o los trabajos de vigilancia y extinción de incendios forestales.

Al igual que en la situación de alerta se exceptúa el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando estas hayan sido comunicadas a los servicios territoriales competentes en incendios forestales y se realicen conforme a las medidas establecidas por estos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio.

Por último, la Junta solicita a la población que extreme su prudencia y adopte medidas de precaución en sus actividades al aire libre. “Cualquier mínima imprudencia puede dar lugar a una situación de riesgo para poblaciones y bienes”, señaló el comunicado, que recuerda que se debe avisar inmediatamente al 1-1-2 ante el avistamiento de posibles incendios forestales.