
Sociedad
La millonaria multa que le puede caer a un menor por correr un encierro en Castilla y León
El pasado viernes un joven de 16 años sufría una cornada en la mandíbula en las fiestas de Zaratán (Valladolid)

Es tiempo de fiestas populares en Castilla y León. Y uno de los festejos más arraigados, desde hace años, en tierras castellano y leonesas tienen que ver con los toros, y en especial con los encierros. Es una atracción que atrae a numerosa gente, aunque a veces, por valentía, desconocimiento. o quedar bien con los amigos, hay personas que se ponen delante de un toro sin medir las consecuencias.
Y este pasado viernes a punto estuvo de mascarse la tragedia en la localidad vallisoletana de Zaratán. Allí, coincidiendo con las fiestas de la localidad se producía la suelta del Toro de las Peñas y con tan mala fortuna que un joven menor, de 16 años, recibía un golpe del astado en la zona entre la mandíbula y el cuello.
La pregunta que uno se hace. ¿podía estar ese joven dentro del recorrido? Para ello nos acercamos hasta el Reglamento de espectáculos taurinos populares de la comunidad de Castilla y León, aprobado por decreto desde el año 1999 y que ha sufrido desde entonces varias modificaciones.
Dentro de la sección segunda, la que se refiere a clases de espectáculos taurinos populares, nos encontramos con los encierros, pudiendo ser urbano, de campo y mixto. En la sección tercera se refiere a los participantes y en su artículo 10 habla de su protección. Si nos centramos en el punto e, el reglamento es tajante: "se prohíbe la participación activa en estos festejos a los menores de edad .menos de 18 años-, a personas que muestren síntomas de embriaguez, intoxicación por drogas o enajenación mental y a aquellas personas que por su condición física o psíquica puedan correr un excesivo peligro o con que su comportamiento puedan provocar situaciones de riesgo".
Vayamos ahora al capítulo IV al régimen sancionador. En el artículo 38 en su punto dos se considera infracción de carácter grave "la participación en los espectáculos taurinos populares de las personas que lo tienen prohibido". Y ahora la parte pecuniaria, ¿cuál es la cantidad que un menor puede llegar a pagar, en este casos sus padres, lo más probable, por dicha infracción?
Pues en el artículo 39 en relación a las sanciones y competencia sancionadora, en su punto b, se señala que por la "infracción grave se podrá imponerse alternativa o acumulativamente una multa que va desde los 60.10 euros hasta los 24.040,48 euros. Es decir que además de ser corneado o llevarte el revolcón de turno, la imprudencia viene con receta, que será la que decida posteriormente el juez.
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