
Función pública
Teletrabajar en la Administración autonómica: Estas son los cambios que se avecinan en Castilla y León
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de un nuevo Decreto sobre teletrabajo para el personal de la Junta

La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de un nuevo Decreto sobre teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el que tendrán prioridad las víctimas de violencia machista o de acoso sexual, así como las personas discapacitadas o las que viven en el medio rural.
La nueva normativa ya salió a información pública, aunque la Junta, debido a las modificaciones introducidas a lo largo de su tramitación, especialmente en lo relativo a los puestos excluidos del teletrabajo, ha decido repetir la tramitación para que se puedan, nuevamente, formular las alegaciones.
Cada trabajador que se acoja al teletrabajo deberá disponer plan individual en el que se reflejará los objetivos asignados así como la descripción de la forma de organización del trabajo y la evaluación periódica de su cumplimiento, según avanza Ical.
Igualmente deberá tener en cuenta la determinación del lugar o lugares en los que se desarrollará el teletrabajo -se podrán designar a tal efecto un máximo de dos lugares-; así como la fijación de las franjas horarias de disponibilidad obligatoria; o la determinación de los días concretos de la semana en que se desarrollará el teletrabajo y el compromiso de acceder al desvío de llamadas del teléfono del puesto de trabajo presencial al teléfono móvil corporativo, entre otras cuestiones.
Cuando las necesidades del servicio no permitan autorizar todas las solicitudes de teletrabajo presentadas en un mismo órgano, se aplicarán una serie de baremos que serán acumulables entre sí.
Así, tendrán preferencia las personas que formen parte de un colectivo de especial protección, siempre y cuando se justifique que esta modalidad de trabajo mejorar sus condiciones personales, familiares o laborales.
Así, el decreto, a cuyo borrador ha tenido acceso Ical, considera colectivos de especial protección a las personas víctimas de violencia de género; a las personas que hayan sufrido alguna agresión en el desempeño de sus funciones; a las víctimas de acoso sexual o acoso por razón de sexo; a las personas que hayan sufrido acoso laboral y al personal con un grado de dependencia reconocido o una discapacidad que afecte a la movilidad. En todos estos casos se otorgarán tres puntos en la baremación.
Además, también se otorgan puntos por conciliación de la vida familiar y laboral. En este caso, por tener cónyuge, pareja inscrita en el registro de parejas de hecho o hijos a cargo menores de edad, menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar o mayores con la patria potestad prorrogada, que tengan reconocido un grado de dependencia, se otorgarán tres puntos en los casos de grado III; dos para el grado II y uno para los casos de grado I.
Al mimo tiempo, también puntúa cada hijo a cargo o menor tutelado o en régimen de acogimiento familiar. Así, hasta un año de edad se otorgan dos puntos; entre uno y tres años, un punto, entre tres años y seis, 0,5 puntos y para mayores de seis, hasta los 12 años, 0,25 puntos. Además, en caso de ser familia monoparental se tendrá derecho a un punto.
Dependencia
A su vez, se logran puntos por tener uno o varios familiares hasta el segundo grado, con un grado II o III de dependencia, de los que se sea cuidador a efectos de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, o en el caso de que sean usuarios del servicio de ayuda a domicilio y de los que se sea cuidador familiar en exclusiva. También se introduce en el baremo el hecho de tener familiares, hasta el segundo grado, que padezcan una enfermedad muy grave o grave en situación.
Vivir en pueblos pequeños también es un criterio que cuenta. Así, por residir en un municipio con una población de hasta 500 habitantes se otorgan tres puntos, y dos en el caso de vivir en pueblos de entre 501 y 2.000 habitantes. Además, cuando estos municipios disten más de 50 kilómetros de localidades de más de 20.000 habitantes, la puntuación se incrementará en un punto.
El teletrabajo se autorizará por una duración inicial máxima de un año. Transcurrido el período establecido en la autorización, esta podrá ser prorrogada a solicitud de la persona interesada. La duración máxima de cada prórroga será de un año, pudiéndose solicitar un máximo de dos prórrogas. No obstante, extinguida la autorización inicial de teletrabajo por el transcurso de su plazo de duración o finalizada cualquiera de sus prórrogas, se podrá presentar nueva solicitud de autorización del teletrabajo.
En el texto normativo se argumenta que extensión del teletrabajo, que se aceleró enormemente a partir de 2020 con motivo de la pandemia, ha revolucionado las formas de trabajo clásicas y ha puesto de manifiesto la evolución imparable de la tecnología. En este sentido, se indica que desarrollo reglamentario efectuado por la Junta ha permitido que a finales del pasado año un total de 1.237 empleados públicos se encontraban desempeñando sus funciones bajo esta modalidad.
Material
En el borrador también se establece que la Junta facilitará un equipo informático adecuado, que será también el que se emplee en las jornadas de carácter presencial. Excepcionalmente, se podrá autorizar el uso de dispositivos propiedad de la persona interesada en tanto no sea posible contar con un equipo informático provisto por la Administración.
Además, la Junta también facilitará el acceso a las aplicaciones informáticas, un certificado de firma digital corporativo que será utilizado indistintamente en la modalidad presencial y en la de teletrabajo y un teléfono móvil corporativo.
Jornada
La jornada de trabajo se distribuirá de manera que al menos dos días a la semana se trabaje de forma presencial y el tiempo restante mediante la modalidad de teletrabajo. No obstante, por circunstancias sobrevenidas que afecten al trabajador o al cumplimiento de las competencias que tenga asignadas, la administración puede reducir el número de días semanales de teletrabajo.
El decreto también establece que el lugar determinado para el desarrollo del teletrabajo se corresponderá preferentemente con el domicilio habitual del trabajador y deberá cumplir con la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, prestando especial atención a los aspectos relacionados con la seguridad y la ergonomía y psicosociología. También, se establece que el servicio de prevención responsable remita a la persona interesada un cuestionario en materia de prevención de riesgos laborales, que será devuelto a dicho servicio debidamente cumplimentado y firmado para su valoración.
Formación
En cuanto a la formación, la futura normativa establece que la Junta debe incluir planes de formación anuales y cursos específicos relacionados con el teletrabajo. Además, una vez logrado la autorización, el trabajador deberá realizar un curso formativo sobre prevención de riesgos laborales en teletrabajo, así como un curso formativo en materia de protección de datos y seguridad de la información. Ambos deberán ser organizados por la Junta.
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