Tribunales

Tres años y nueve meses de cárcel por el crimen que conmocionó a la localidad salmantina de Vecinos

El Juzgado de lo Penal número dos de Salamanca condena al autor por homicidio imprudente y lesiones durante una pelea en el municipio y a indemnizar a su familia con 190.000 euros

Imagen de los juzgados de Salamanca
Imagen de los juzgados de SalamancaTSJCyLLa Razón

El Juzgado de lo Penal número dos de Salamanca condenó a tres años y nueve peses de prisión al responsable de la muerte un joven en la localidad de Vecinos en junio de 2020. La titular de la sala aprecia un delito de lesiones en concurso ideal con otro de homicidio por imprudencia grave, le impone además la prohibición de aproximarse a los padres y la hermana del joven fallecido por cuatro años y le obliga a indemnizarles con unos 190.000 euros, de los que más de 83.000 son para cada uno de los progenitores y más de 22.000 para la hermana.

Los hechos, según refleja la sentencia a la que tuvo acceso Ical, se remontan al 24 de junio de 2020 tras una comida organizada por el Ayuntamiento de Vecinos con ocasión de las fiestas de San Juan en el establecimiento ‘El Portón de Huebra’, a la que acudieron personas vinculadas con la Corporación municipal, entre ellas, el condenado, exconcejal del municipio. A partir de las 18.00 horas, los invitados empezaron a abandonar el local, mientras que otros. como el condenado y la víctima, permanecieron en el interior del establecimiento consumiendo bebidas.

Posteriormente, fueron llegando más personas hasta que sobre las 00.00 horas ya del día 25 de junio de 2020, la hija del propietario y encargada del local les comunicó que iba a cerrarlo. Varias personas compraron bebidas y decidieron al garaje del condenado en la calle de La Iglesia para seguir con la fiesta. A los 15 minutos se produjo una primera discusión entre el condenado y una tercera persona motivada por reproches con motivo de haber conducido a gran velocidad por el centro del pueblo con riesgo de atropellar a alguna persona. Se empujaron, pero fueron separados por los presentes, quienes indicaron al otro joven que se fuera de allí y éste se marchó calle abajo.

Sin embargo, varias personas también continuaron calle abajo hacia el cruce con la calle Central, entre ellos, el condenado y la víctima. De hecho, entre ellos, se inició una discusión porque la víctima manifestó que el otro joven tenía razón y llegaron a enzarzarse en una pelea sin mayores consecuencias. Después volvieron a la calle Iglesia hacia el garaje del acusado, discutiendo enérgicamente.

Así, la víctima propinó un golpe en la cara al condenado en la zona de la nariz y se dio la vuelta. Este, como reacción, empleando un vaso o una botella de cristal, con el consiguiente incremento de su capacidad lesiva “con la intención de menoscabar su integridad física”, golpeó al otro joven en la región parietal derecha y, cuando se giró, le dio un puñetazo en la cara con idéntico propósito, ocasionando que cayera al suelo y se golpeara violentamente contra el firme en la región lateral derecha de la cabeza. Y cuando estaba en el suelo, le propinó otras dos patadas en la cabeza.

La sentencia reconoce que la acción del ahora condenado fue realizada sin que pretendiera causar la muerte del joven, pero sí “actuando de forma negligente frente al importante riesgo creado para la integridad física de la otra persona”.

Al advertir la gravedad de lo ocurrido, se marcharon varias personas y se quedaron otras, que trataron de atender al joven. que llamó al Servicio y de Emergencias. En primer lugar, llegó un vehículo del Centro de Salud de Matilla de los Caños del Río con un médico y un enfermero, luego una UVI móvil. La Guardia Civil llegó aproximadamente a las 2.10 horas y poco después la ambulancia salió hacia el Hospital Virgen de la Vega.

El joven falleció sobre las 16.30 horas del día 25 de junio de 2020 en dependencias hospitalarias a causa del traumatismo craneoencefálico ocasionando al golpearse en el suelo con la región lateral derecha de la cabeza, que originó las lesiones hemorrágicas encefálicas, con edema cerebral difuso y que acabó derivando en una hipertensión intracraneal refractaria con muerte cerebral, según refleja la sentencia.