Parlament de Cataluña
Un recurso del Parlament ante el Supremo pone en duda la continuidad de Torra como president
Se plantea si la pérdida de la condición de diputado puede apartarle también del Govern
La polémica por la inhabilitación de Quim Torra como diputado del Parlament sigue lejos de diluirse. El nuevo foco de la controversia es un recurso contencioso administrativo que elaboraron los servicios jurídicos de la cámara catalana -dirigida por ERC- y que presentaron ante el Tribunal Supremo el 16 de enero en el que señalaban que la pérdida del escaño de Torra también podía poner en riesgo su cargo de presidente de la Generalitat. Los letrados del Parlament pedían, en concreto, medidas cautelares para paralizar el acuerdo de la Junta Electoral Central del pasado 3 de enero, que dictó la retirada del acta de parlamentario de Torra.
En el recurso, citaban el artículo 67.2 del Estatuto de Autonomía, que establece que el president es escogido por el Parlament de entre sus 135 diputados. «La condición de diputado es, por tanto, requisito necesario para ser Presidente de la Generalitat y, a pesar de que la norma no lo diga expresamente, es posible interpretarla en el sentido de que esta condición no solo actúa en el momento de la elección, sino que ha de mantenerse mientras desarrolle el cargo», apuntan y añaden que eso es lo que demuestra «la praxis institucionnal» seguida hasta ahora en el Parlament.
El recurso ha trascendido a lo largo de la jornada de hoy, y ante la polémica que ha generado, los propios letrados han tenido que salir por la tarde al paso para puntualizar que ese argumento se usó como «estrategia jurídica» para conseguir la suspensión de la resolución dictada por la JEC. «Decir que ‘se puede interpretar’ no significa que se deba interpretar necesariamente así», especifican y el objetivo es plantear la «duda interpretativa» que existe sobre si el Estatuto exige o no que el president deba de mantener la condición de diputado. «Exponer esta duda interpretativa podía ser relevante para convencer al Tribunal de suspender el acuerdo en beneficio al principio de seguridad jurídica», apuntan y añaden que tampoco existe ninguna contradicción con el informe que elaboraron y publicaron el 13 de enero - defienden que este es su criterio-, en el que aseguraban que pese a la pérdida del escaño, Torra podía seguir al frente de la Generalitat.
Mañana por la mañana se celebra un nuevo Pleno en el Parlament tras la bronca del lunes 27 de enero, que desató la ruptura en diferido entre JxCat y ERC y el anuncio de elecciones anticipadas. Torra ya no puede votar, aunque mañana no podrá acudir por motivos personales. La sesión parlamentaria arrancará, precisamente, a las 9.45 horas para votar si se presenta un recurso o no contra la resolución que tomó el jueves 23 de enero el Tribunal Supremo, cuando rechazó las medidas cautelares pedidas por Torra para paralizar el acuerdo de la JEC que le ha dejado sin acta de diputado. De ser así, los letrados redactarán un nuevo escrito teniendo en cuenta las circunstancias actuales.
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