Palau de la Música

Proponen el segundo grado para Millet y Montull y la semilibertad para el extesorero de CDC

La junta de tratamiento de Brians II, donde cumplen condena, apuestan por esta clasificación inicial pendiente de ratificar por la Secretaría de Medidas Penales

El expresidente del Palau de la Música Félix Millet junto al exdirector administrativo del Palau Jordi Montull, al comienzo del juicio por el expolio del Palau de la Música, en la Ciudad de la Justicia
El expresidente del Palau de la Música Félix Millet junto al exdirector administrativo del Palau Jordi Montull, al comienzo del juicio por el expolio del Palau de la Música, en la Ciudad de la JusticiaPOOLEFE

La junta de tratamiento de la cárcel de Brians II ha propuesto clasificar en segundo grado -el régimen ordinario- a los exresponsables del Palau de la Música Fèlix Millet y Jordi Montull y conceder la semilibertad, aunque con restricciones, al extesorero de CDC Daniel Osàcar.

Según ha informado el Departamento de Justicia, los especialistas de la junta de tratamiento han propuesto esa clasificación inicial para los tres reclusos -los únicos encarcelados por el saqueo del Palau de la Música-, que ahora deberá ser revisada por la Secretaría de Medidas Penales, dependiente de ERC, en el plazo máximo de dos meses.

Millet, Montull y Osàcar ingresaron en prisión a finales del pasado mes de junio para cumplir las condenas de 8 años y 20 meses, 6 años y 8 meses y de 3 años y medio, respectivamente, que les impuso el Tribunal Supremo por el saqueo del Palau de la Música y el pago de comisiones a CDC a través de la entidad cultural.

En caso de que la Secretaría de Medidas Penales ratifique el segundo grado, Millet y Montull permanecerán encarcelados en régimen ordinario, con la posibilidad de disfrutar de salidas o permisos puntuales y que su situación penitenciaria se flexibilice con mecanismos como el artículo 100.2.

Para Osàcar, la propuesta de las juntas de tratamientos es el tercer grado penitenciario, que permite ir a prisión entre semana solo a dormir, aunque con restricciones, por lo que sus salidas del recinto penitenciario no serían diarias.

La clasificación de los reclusos, una vez la confirme el Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales, tendrá que ser revaluada en un máximo de seis meses y, en su caso, modificada en función de cuál haya sido la evolución de los reclusos. Los condenados trataron de evitar su ingreso en prisión aduciendo ante la Audiencia de Barcelona su avanzada edad y sus achaques de salud, un extremo desestimado.