España

Sigue el tercer grado

Las presas independentistas Carme Forcadell y Dolors Bassa seguirán en semilibertad

Vigilancia Penitenciaria rechaza el recurso de la Fiscalía y mantiene las condiciones para ambas internas

Carme Forcadell y Dolors Bassa
Carme Forcadell y Dolors BassaEuropa Press

El juez ha acordado este martes mantener en vigor la progresión a tercer grado de la ex consellera Dolors Bassa y la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, con lo que por el momento seguirán en régimen de semilibertad.

Lo ha hecho tras recibir el recurso de la Fiscalía, que pidió anular cautelarmente la semilibertad para todos los presos del 1-O y suspenderla mientras el juez toma la decisión final sobre el asunto; algo que sucederá cuando haya escuchado los argumentos de cada parte.

El mismo juzgado abordará los recursos de la Fiscalía contra la semilibertad de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, a quienes la Generalitat también concedió el tercer grado en enero, que implica que pueden salir de prisión durante el día y dormir en sus casas de viernes a domingo.

El juez ha destacado que estos autos no suponen la decisión final sobre la progresión a tercer grado, sino que solo se refieren a la suspensión cautelar que pidió la Fiscalía en sus recursos: rechaza revocarlo por ahora pero espera a estudiar el fondo para decidir si avala la semilibertad, algo que en última instancia decidirá el Tribunal Supremo (TS).

En este sentido, el juez descarta la petición del fiscal, que dedicó hasta tres páginas de argumentación al pedir dar efectos suspensivos a su recurso --suspender la semilibertad cautelarmente y sin esperar a la decisión final sobre el asunto tras valorar los argumentos de cada parte--, con la intención de impedir que los presos del 1-O estuvieran en libertad mientras los Juzgados estudian el caso.

Esta situación se dio con la primera progresión a tercer grado de los presos del 1-O: la jueza encargada de Lledoners aceptó dar efectos suspensivos al recurso del fiscal al recibirlo, de manera que los presos en esa cárcel regresaron al régimen ordinario unos días después de lograr la semilibertad; en cambio, el juez que debía decidir sobre Bassa --en Puig de les Basses (Girona)-- y Forcadell --en Wad-Ras (Barcelona)-- mantuvo vigente la semilibertad hasta que se pronunció el Supremo, por lo que ambas pasaron todo el verano en tercer grado.

Después de esta disparidad, la Fiscalía amplió sus argumentos al recurrir esta segunda progresión a tercer grado, y sostuvo que los efectos suspensivos que la ley prevé para las decisiones judiciales deberían extenderse también a las resoluciones administrativas, en este caso la concesión del tercer grado que ha hecho la Generalitat y sobre la que los jueces aún no se han pronunciado.

Sin embargo, el juez replica en los autos de este martes que la interpretación que reclama la Fiscalía no está regulada y “tal suspensión puede afectar a una restricción de derechos al poder dar lugar al inmediato reingreso penitenciario”, por lo que emplaza a esperar que se resuelva el fondo de los asuntos y los posibles recursos que las partes puedan presentar.

El juez contesta al fiscal que los efectos suspensivos que reclama pueden aplicarse solo a resoluciones judiciales, no administrativas, y rechaza la “interpretación extensiva analógica” que reclamaba.

El día después de las elecciones catalanas, la Fiscalía presentó un recurso contra la decisión de la Generalitat de otorgar el tercer grado penitenciario o de semilibertad a los nueve dirigentes independentistas condenados por el ‘procés’.

Cuando la conselleria de Justicia concedió por primera vez el tercer grado a los presos independentistas, el 14 de julio del 2020, se produjo la paradoja que el juez de vigilancia penitenciaria que se encarga de la cárcel de Lledoners (Sant Joan de Vilatorrada) acordó tras el recurso de la fiscalía y por petición de esta institución que los líderes soberanistas varones volvieran al centro penitenciario hasta que no se resolviera el fondo del asunto, mientras que el togado que analizó los casos de Bassa y Forcadell no tomó esta medida y dejó que permanecieran en semilibertad durante unos meses.

Horas antes de que comenzara la campaña electoral en Cataluña, el 28 de enero, la Generalitat volvió a conceder el tercer grado penitenciario que el Tribunal Supremo revocó el 4 de diciembre a los líderes independentistas presos, por lo que estos pudieron salir a diario de la cárcel e intervenir en los actos electorales convocados por sus partidos. La resolución de Forcadell tardó dos días más.

La secretaría de Medidas Penales de la Generalitat sostenía que los dirigentes soberanistas encarcelados “están sujetos a la pena de privación de liberad, pero conservan el derecho de manifestación y participación política” . Los políticos varones abandonaron el centro penitenciario de Lledoners al día siguiente, igual que Dolors Bassa, encarcelada en el centro de Puig de les Basses (Figueres).

En diciembre, el Supremo fue muy crítico con la administración penitenciaria catalana, a la que recriminó que “no puede vaciar la respuesta penal proclamada por un tribunal, sometiendo su sentencia a una relectura que disfraza un tratamiento penitenciario privilegiado y, precisamente por ello, improcedente”. A su entender, debe garantizar la ejecución de las penas impuestas por los tribunales porque “su acatamiento de la legalidad no debe hacerse depender de su grado de identificación o desacuerdo con la argumentación jurídica sobre la que se fundamenta la condena” para no convertirse “en una extravagante tercera instancia que se arroga la tarea de hacer más justa la decisión emanada de los jueces”.