Quinta ola
La justicia mantiene el cierre del ocio nocturno en Cataluña
El TSJC acepta prorrogar la limitación de reuniones a un máximo de 10 personas
Aval al cierre del ocio nocturno por el impacto de la quinta ola de coronavirus. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ya se ha posicionado y mantiene las restricciones en bares y discotecas al haber denegar el recurso interpuesto por la patronal, que solicitaba su apertura inmediata. De esta manera, la justicia valida los argumentos esgrimidos por la Generalitat para mantener la persiana bajada en los locales de ocio nocturno para contener los efectos de la pandemia.
Y es que el TSJC había pedido explicaciones a la Generalitat a raíz del citado recurso presentado por la patronal del ocio nocturno, Fecasarm (Federació Catalana d’Associacions d’Activitats de Restauració i Musicals) tras rechazar, eso sí, las medidas cautelarísimas que pedían su apertura mientras se resolvía el asunto. Ahora y después de estudiar las alegaciones del Govern, la justicia ha denegado la petición del sector. El ocio nocturno lleva cerrado en Cataluña desde el 6 de julio en espacios interiores y, en espacios exteriores, está limitado por horario hasta las 00.30 horas.
El Govern ha celebrado que el TSJC haya aceptado sus alegaciones para mantener cerrado el ocio nocturno, y espera que se pueda abrir “lo antes posible, a medio plazo”.
En declaraciones a los medios en la Conselleria de Interior, la secretaria general de la conselleria de Salud, Meritxell Masó, ha recordado que los datos van a mejor, pero “a estas alturas todavía hay 350 personas en la UCI, la quinta ola no ha desaparecido”.
Ha sostenido que con esta situación epidemiológica “no es conveniente abrir el ocio nocturno”, y ha justificado la decisión del TSJC alegando que en la última reapertura hubo 59 rebrotes con 934 personas contagiadas.
“Es un sector muy perjudicado, somos conscientes del malestar del sector, lleva 18 meses cerrado, trabajamos día a día con el sector las decisiones de las resoluciones de la pandemia que son semanales, y cada semana se adapta la reapertura basándose en los datos epidemiológicos”, ha añadido.
Por otro lado, el TSJC ha avalado la petición del Govern de prorrogar una semana más las restricciones en las reuniones sociales y familiares hasta un máximo de diez personas y un aforo del 70 % en los actos religiosos y las ceremonias civiles.
Para contener la expansión del coronavirus, el Govern solicitó al alto tribunal catalán una nueva prórroga de las actuales medidas restrictivas que afectan a derechos fundamentales, que entrarán en vigor esta medianoche, a las 00:00 horas del 3 de septiembre, y que se prolongarán durante siete días naturales.
En un auto, la sala de lo Contencioso-Administrativo considera que las medidas restrictivas solicitadas por el Govern están “debidamente justificadas”, y que estas son una “reiteración de otras anteriormente autorizadas sin que exista modificación de las circunstancias consideradas en orden a justificar su necesidad”.
El TSJC comparte así el contenido del informe de la Agencia de Salud Pública de Cataluña, según el cual, pese a la mejora de los índices epidemiológicos y sanitarios, la “tensión mantenida en el sistema sanitario impacta sobre la actividad ordinaria programada de una forma que sigue siendo altamente perjudicial para los afectados”.
Asimismo, y de acuerdo con este informe que respalda el alto tribunal catalán, aunque la incidencia de la covid continúa bajando, “aún se mantiene una transmisión comunitaria no controlada y sostenida”, lo que supone “un aumento de la carga asistencial y una presión en la red hospitalaria”.
“En la situación epidemiológica y asistencia descrita, y a falta de alternativa más eficaz, es necesario que se prolonguen aquellas medidas restrictivas, que se están mostrando efectivas, para continuar bajando los contagios y la transmisión comunitaria del virus y no revertir la tendencia positiva de las últimas semanas”, recalca el informe que recoge la sala en su auto.
Para el TSJC, además, la afectación de derechos y de libertades con la aplicación de estas medidas restrictivas “no es especialmente intensa o severa”.
La pasada semana, el TSJC revocó todos los intentos del Govern por alargar el toque de queda en las cuatro capitales de provincia catalanas (Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona) y otros municipios importantes, y dio en ese momento 48 horas al ejecutivo catalán para que justifique por qué mantiene cerrado el ocio nocturno.
El TSJC pidió explicaciones a la Generalitat a raíz de un recurso presentado por la patronal del ocio nocturno, Fecasarm (Federació Catalana d’Associacions d’Activitats de Restauració i Musicals). Si bien, también es cierto que desestimó las medidas cautelarísimas planteadas por la Fecasarm para reabrir de manera inmediata el ocio nocturno, que lleva cerrado en Cataluña desde el 6 de julio en espacios interiores y, en espacios exteriores, está limitado por horario hasta las 00.30 horas. Ese día, esperó a que el Govern se pronuncie para decidir si acepta las medidas cautelares.
En cualquier caso, la sala contenciosa del TSJC recoge en el auto que las medidas adoptadas por la Generalitat que implican el cierre del ocio nocturno tienen la “exclusiva intención de reducir el riesgo de contagios” en en una situación sanitaria de “elevados contagios entre la población”.
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