Inmersión lingüística

La Fiscalía descarta los delitos de la Generalitat en la aplicación del 25 % de castellano

Indica que el conseller de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray, no ha incurrido en la desobediencia y prevaricación

Josep Gonzàlez Cambray, en el Parlament
Josep Gonzàlez Cambray, en el ParlamentEuropa Press

La Fiscalía Superior de Cataluña ha rechazado que el conseller de Educación de la Generalitat, Josep Gonzàlez-Cambray, cometiera los presuntos delitos de desobediencia y prevaricación administrativa en su respuesta tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que obligaba a garantizar un 25% de castellano en la escuela catalana.

Así lo expone el fiscal superior, Francisco Bañeres, en su decreto de archivo de la denuncia presentada por Cs, y el fiscal Pedro Ariche en dos informes enviados al TSJC en los que interesa la inadmisión a trámite de la denuncia de Hablamos Español y Convivencia Cívica Catalana, y de la querella de Vox.

En los tres escritos, el Ministerio Público asegura que las actuaciones del conseller “no revisten los caracteres propios de ilícito de naturaleza penal”.

En junio, las asociaciones Hablamos Español y Convivencia Cívica Catalana, presididas por Gloria Lago y Ángel Escolano, respectivamente, prsentaron ante Sala de lo Penal del TSJC una denuncia contra González Cambray, y otros altos funcionarios de su departamento, por los delitos de desobediencia a los Tribunales y por prevaricación. El primer delito acarrearía una pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. En el caso del delito de prevaricación podría suponer de siete a diez años de inhabilitación.

El 16 de diciembre de 2020 el TSJC dictó Sentencia, a instancias del Ministerio de Educación y Formación Profesional, que obligaba a la Generalitat a “adoptar las medidas que sean necesarias a los efectos de garantizar que, en los sistemas comprendidos en el sistema educativo de Cataluña, todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la enseñanza vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso”. Esta Sentencia fue recurrida sin éxito por la Generalidad quedando, por lo tanto, firme la sentencia del TSJC.

En fecha 21 de enero de 2022 el Tribunal comunicó a la Generalidad que la sentencia era firme.

El 4 de mayo se requirió al Consejero de Educación para que dictara instrucciones a todos los centros educativos de Cataluña. En el plazo de 15 días debía adoptar las medidas necesarias para que al menos el 25 por ciento de las clases, se impartan en español/castellano en todos los centros. Dicho plazo terminaba ayer, día 31de mayo, sin que se haya dictado resolución en tal sentido, antes al contrario, han dictado instrucciones en las que se insta expresamente a desobedecer el mandato efectuado por la Sala.