Inmersión lingüística
Admitido el recurso que frena al catalán como única lengua vehicular en la escuela
La entidad Asamblea por una Escuela de Bilingüe pide al TSJC que suspenda de forma cautelar la aplicación de la medida de la Generalitat
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha admitido a trámite un recurso de la Asamblea por una Escuela Bilingüe contra el decreto que el Govern aprobó en mayo para dar "seguridad jurídica" a las escuelas con sus proyectos lingüísticos y que prevé que el catalán es la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en Cataluña.
El recurso esgrime que el decreto supuestamente vulnera el derecho a la no discriminación y el derecho a la educación, y alega que el Govern no tiene competencias para aprobar esta normativa.
La AEB también ha pedido como medida cautelar suspender la vigencia del decreto, que entró en vigor el 5 de junio.
Al anunciar este decreto, la portavoz del Govern, Patrícia Plaja, lo defendió como "un instrumento jurídico que regula la elaboración, el seguimiento y la evaluación de los proyectos" lingüísticos.
Este decreto precisa cómo aprobar, evaluar y revisar los proyectos lingüísticos de centro (PLC) en Cataluña para así dar "seguridad jurídica" a las escuelas y reforzar el hecho de que el departamento es el responsable de estos proyectos.
"Será la conselleria de Educación la que validará el proyecto de cada uno de los centros en Cataluña y también asumirá la responsabilidad sobre la legalidad en todos los casos en que los haya validado, y no las direcciones de los centros", detalló Plaja sobre esta norma.
Según este decreto, el catalán y el castellano "se deben enseñar en todos los centros educativos de acuerdo con los currículos y horarios establecidos", y las comunicaciones deben hacerse en catalán, así como las reuniones con familias.
Prevé que en los casos en los que las familias no conozcan las lenguas oficiales, los centros educativos podrán adaptar sus comunicaciones a las lenguas familiares "como medida de apoyo lingüístico".
El decreto también implica que a partir del curso 2025-2026 las personas que se presenten al concurso de méritos para el personal interino docente de la Conselleria de Educación y los que participen en oposiciones del departamento deberán acreditar el nivel C2 de catalán y el nivel B2 de una lengua extranjera.
De cara al curso 2027-2028, "y si así lo determina el departamento competente en materia educativa", el personal docente de centros educativos de enseñanza no universitaria deberá acreditar el C2 de catalán en procedimientos de provisión y promoción de empleo.
Se trata de procedimientos de selección de directores e inspectores de Educación; la provisión de puestos de trabajo de los servicios educativos y de la Inspección de Educación; para un puesto de trabajo docente en comisión de servicios; y para una promoción docente o cambio de puesto de trabajo o de cuerpo funcionarial.
Además, los centros educativos deberán analizar los usos lingüísticos y la exposición de su alumnado a las diferentes lenguas del entorno "para impulsar el conocimiento de la lengua catalana, o del aranés en el Aran (Lleida)".
En el caso de que en un centro se detecten "carencias en las competencias orales y escritas en lengua catalana, o que por su composición sociolingüística lo requieran", se deberán aplicar los programas de inmersión lingüística, según explica el decreto.
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