Cumplimiento de la Ley vigente

Obligan al Ayuntamiento independentista de Montblanc (Tarragona) a colgar la bandera española en su balcón

El juez estima el recurso contencioso administrativo de Impulso Ciudadano

El Ayuntamiento, sin la bandera española
El Ayuntamiento, sin la bandera española Google

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Tarragona ha estimado el recurso contencioso administrativo presentado por Impulso Ciudadano y ha condenado al Ayuntamiento de Montblanc a colocar la bandera de España en el balcón principal de su fachada, en el salón de plenos y en el despacho del alcalde.

La sentencia, en una extensa argumentación en la que desarrolla la doctrina de los Tribunales, considera que el ayuntamiento incurrió en una irregular vía de hecho al retirar la bandera de España del exterior del ayuntamiento y califica como incorrecta la colocación, en la fase de medidas cautelares, de las banderas oficiales (española y catalana) en sendos mástiles en la azotea del edificio consistorial.

A su juicio, las banderas no son visibles para quien se sitúa delante de la fachada, frente al edificio consistorial, lo que vulnera las previsiones del art. 6.1 de la Ley 39/1981. La magistrada entiende que con esa forma de colocación la bandera de España no ocupa un lugar destacado, visible y de honor porque las banderas sólo son visibles desde una perspectiva perpendicular y a cierta distancia del edificio consistorial.