Policía
La Policía Local acusa al Consell de autoritarismo y falta de transparencia
Los sindicatos CSIF y CCOO aseguran que Gabriela Bravo utiliza la Ley de Acompañamiento para introducir de nuevo la figura del policía interino
El Consell ha aprovechado la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalitat 2020 para cambiar la norma aprobada en 2017 que ponía fin a la figura del policía local interino. Y lo ha hecho sin consensuarlo con las partes implicadas. Así lo han denunciado los sindicatos CCOO y CSIF quienes consideran que es una prueba de autoritarismo de la consellera de Justicia, Gabriela Bravo que ha roto así con las formas de participación de las que hacía gala hasta ahora el Ejecutivo valenciano.
El representante de CSIF, José Alfonso, mostraba su indignación ante una marcha atrás en la necesidad de convertir a la Policía Local en un cuerpo de seguridad profesionalizado como lo están la Guardia Civil y la Policía Nacional. "Ninguno de ellos contempla la figura del interino, porque es una auténtica irresponsabilidad que una persona que ha trabajado en el interior de los cuerpos deje de hacerlo después de que conozca todos los detalles de su organización y la dinámica del funcionamiento policial".
Para los representantes sindicales, lo apropiado es que se consoliden los puestos de trabajo de todos los interinos tal como establece la ley valenciana 17/17, que ha sido avalada por la Abogacía de la Generalitat, según el documento al que ha tenido acceso LA RAZÓN, elaborado a raíz de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el que señalaba que la ley de Baleares que contempla la posibilidad de tener interinos no era ilegal.
Aún así los abogados de la Generalitat establecen que mencionada sentencia no afecta al artículo 41 de la Ley de coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana y que, "por consiguiente, a partir del 31 de diciembre de 2019 la interinidad dentro de los cuerpos de policías locales será ilegal", de acuerdo con el artículo 41 en el que establece que estará integrados "únicamente por personal funcionario de carrera de administración especial".
La decisión de la Consellería de Justicia se basa en en la sentencia del TC en la que considera que la ley de Baleares que autoriza la contratación de interinos "no es inconstitucional". Nada que tenga que ver con el incumplimiento o la vuelta atrás en la aplicación del ordenamiento aprobado por Les Corts.
Los sindicatos consideran que la medida establecida en la Ley de Acompañamiento es una estrategia para evadir el debate entre afectados y critican a la consellera por introducir la modificación de la ley a través de una enmienda en lugar de un Decreto Ley que hubiera permitido abrir una negociación sobre su contenido, interés y oportunidad. "Se quiebra la política de participación que ha llevado hasta ahora el Consell y que supuso el respaldo a la Ley 17/17 de Coordinación por parte de todos los sindicatos con presencia en la Comisión de Coordinación de la Policía Local de Conselleria".
Los representantes sindicales denuncian, así mismo, que los contratados como interinos han de hacer previamente un curso de 60 horas, a pesar de que solo son contratados por días o semanas.
Para aquellas zonas que por circunstancias especiales o incluso por la necesidad de aumentar temporalmente el número de efectivos (municipios turísticos), los representantes policiales proponen la puesta en marcha de convenios de colaboración entre municipios para que cedan temporalmente a agentes. Y recuerdan que los policías interinos no pueden llevar armas ni participar en operaciones de seguridad ciudadana. Así, hacen hincapié en que la contratación de interinos en la Policía Local es un engaño a los ciudadanos porque no se aumenta en seguridad.
"Lo que ha hecho el Consell es aprovechar la sentencia del TC para modificar el criterio de la Ley". Ante esta situación CSIF y CCOO han convocado una concentración para el próximo día 9 de diciembre ante el Palau de la Generalitat y en la puerta de Les Corts para trasladar a los grupos parlamentarios su protesta en los días es los que se tratará en comisión el contenido de la enmienda a la Ley de Acompañamiento.
La Conselleria dice que solo establece un marco de seguridad jurídica
Desde la Conselleria de Justicia señalaron a LA RAZÓN que la en la Ley de Acompañamiento lo que se hace es establecer un marco de seguridad jurídica para que los ayuntamientos que lo necesiten puedan contratar a agentes de forma interina en casos de necesidad. Justifican la medida amparándose en la sentencia del Tribunal Constitucional que la propia Abogacía de la Generalitat especifica que lo único que establece es que no es inconstitucional la ley de Baleares. Aún así, fuentes de Justicia insisten en que su objetivo es que los procesos de selección se hagan cumpliendo una serie de requisitos que garanticen la igualdad, los méritos y la capacidad de los aspirantes.
Los agentes locales interinos no podrán ser contratados por más de dos años y deberán formar parte de una bolsa de trabajo. La Abogacía establece que con la actual normativa no es posible nombrar o seleccionar policías locales interinos en el ámbito de la Comunitat Valenciana y señala que la sentencia del TC no autoriza el nombramiento de policías locales interinos de forma indiscriminada o incondicional, sino que la sentencia debe ser interpretada dentro de un sistema compuesto por la Constitución, las leyes de Función Pública y la juridisprudencia Comunitaria sobre empleo temporal en las Administraciones Públicas. Por lo que toda regulación que pretenda instaurar la figura del interino en este ámbito deberá establecerse por una norma con rango de Ley.
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Cuestión de inconstitucionalidad