Violencia de género

Alina, una mujer aterrorizada que no declaró en contra su asesino

Una jueza decretó medidas de protección para la mujer degollada en Moraira, pero tras un juicio se absolvió a su agresor

Registran la inmobiliaria del autor confeso de matar a su pareja en Moraira
GRAFCVA2161. MORAIRA (ALICANTE), 19/02/2020.- Agentes de la policía judicial de la Guardia Civil escoltan al holandés de 59 años que ayer confesó haber asesinado a su pareja sentimental, rumana de 36, a la salida de la inmobiliaria de su propiedad, tras el registro llevado a cabo en su presencia esta mañana. EFE/MORELLMORELLAgencia EFE

Un vecino denunció hace unos meses que el autor confeso del crimen machista de Moraira (Alicante) la había golpeado en la cara pero la víctima, la asesinada de 36 años, se acogió a su derecho a no declarar contra su pareja y supuesto agresor, que entonces quedó absuelto por falta de pruebas.

El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha informado de que actualmente no pesaba ninguna orden de alejamiento en vigor contra el detenido, un holandés de 59 años, en relación a la víctima, de nacionalidad rumana y madre de un menor de 14 años.

Sin embargo, sí consta que el juzgado de violencia machista de Dénia abrió en julio del pasado año unas diligencias urgentes contra este hombre por un delito de maltrato de obra cometido presuntamente contra su pareja.

El juzgado incoó esa causa tras recibir un atestado de la Guardia Civil, después de que agentes de la Policía Local se presentaran en la madrugada del 30 de junio de 2019 en la vivienda de la pareja al ser requeridos por un vecino.

La víctima no quiso entonces interponer denuncia contra su compañero e hizo uso de su derecho a no declarar contra el mismo, pese a lo cual la magistrada del Juzgado de Violencia contra la Mujer adoptó una orden de protección a favor de la mujer que incluía como medidas cautelares la prohibición de que el investigado se comunicara por cualquier medio o se acercara a menos de 300 metros.

El caso fue elevado al juzgado de lo Penal 2 de Benidorm y el juicio oral por estos hechos se celebró el 19 de septiembre de 2019 y, en la vista, la víctima volvió a acogerse a su derecho a no declarar contra el acusado, que fue absuelto de un delito de malos tratos del artículo 153 del Código Penal por falta de pruebas.

Según la sentencia, fechada el 11 de octubre de 2019, no quedó acreditado que el hombre hubiera golpeado a su pareja en la cara durante una discusión, pues únicamente existían testigos de referencia, no directos, y su valor probatorio es limitado, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS).

El juzgado también tuvo en consideración la declaración de otro testigo, un amigo del acusado que manifestó que éste había dormido en su casa la noche de los hechos.

La sentencia absolutoria no fue recurrida, por lo que devino firme por providencia en diciembre de 2019 y, por consiguiente, entonces quedaron sin efecto las medidas cautelares adoptadas contra el acusado.