Tribunales

El juez reitera el procesamiento de Trenzano y rechaza su recurso

El magistrado considera que "faltó conscientemente a la verdad"

Rubén Trenzano (derecha) junto a su jefe, el conseller Marzà
Rubén Trenzano (derecha) junto a su jefe, el conseller Marzàlarazon

El juez de Instrucción 9 que investiga la denuncia por un delito de falsedad en documento público del director general de Política Lingüística, Rubén Trenzano, ha rechazado el recurso de éste, al que se ha adherido el Ministerio Fiscal, y rechaza de este modo archivar la causa. Entiende el juez que Trenzano faltó “conscientemente a la verdad en la narración de los hechos”.

El asunto motivo de la querella es la afirmación que realizó Trenzano sobre que se habían seguido todas las pautas de control de las subvenciones concedidas a las empresas del hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig, algo que no es cierto según se desprende de la investigación así como de la declaración de testigos, y parece más ajustado a la verdad que dichos controles se hicieron cuando saltó el escándalo sobre las subvenciones al hermano del jefe del Consell.

Considera el magistrado que “existen pues indicios racionales, ante estas contradicciones, para concluir que en el punto en que se afirma que la Direccion General ha realizado los controles que corresponden, todos los controles exigibles por las ordenes y la Ley 1/2015 -sobre el plan de control previo a la concesión - no se corresponde con la realidad; siendo dos cosas distintas, efectivamente, mero control administrativo y necesidad de aplicación de las medidas de control de acuerdo con el Plan de Control - lo que si se hace posteriormente, en 2018, pero tratándose de ambos conceptos necesarios para realizar debidamente las actuaciones de control que se dice en la carta realizadas conforme a la norma de aplicación. De manera que sin plan de control que defina las actuaciones correspondientes de control a realizar, con total garantía, no cabe, en verdad, hablar de cumplimiento de los necesarios controles”.

El juez sí que reconoce que “las autoridades políticas no siempre poseen los conocimientos técnicos en determinadas materias, es lo que justifica la existencia de los funcionarios correspondientes, profesionales entendidos en la materia que proceda”, pero recuerda que “el técnico que actuó como testigo en esta causa, señor Tortosa, como ha sido ya indicado y consta, informó debidamente al firmante del documento de todos sus pormenores, firmando únicamente el Director General, cuanto tuvo completo y cabal conocimiento de lo que allí -en la carta- debía decirse y se decía.

Por todo ello, concluye el titular de Instrucción 9 que “considerándose cumplido, pues, el elemento subjetivo del injusto y éste mismo” al considerar que Trenzano faltó “conscientemente a la verdad en la narración de los hechos, (...) se desestima el recurso de reforma interpuesto por la representación procesal de Rubén Trenzano al que se ha adherido el Ministerio Fiscal”.