Tribunales

Condenado a prisión permanente revisable por matar a sus padres y a su hermano

El acusado asestó 55 puñaladas a sus tres familiares que acabaron con sus vidas

El acusado de matar a su familia a puñaladas asegura que no se acuerda de nada: "Yo no cogí ningún cuchillo"
El acusado de matar a su familia a puñaladas asegura que no se acuerda de nada: "Yo no cogí ningún cuchillo"EUROPA PRESSEUROPA PRESS

La Audiencia de Alicante ha condenado a prisión permanente revisable a un hombre al que un jurado popular declaró el pasado 20 de mayo culpable del asesinato de sus padres y de su hermano con 55 puñaladas con un cuchillo de cocina en el domicilio familiar en septiembre de 2018.

El acusado ha sido condenado por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y con agravante de parentesco en la persona de su hermano a 22 años, 6 meses y 1 día de prisión y como autor de un delito de asesinato con alevosía y agravante de parentesco por la muerte de su padre a 21 años de cárcel.

Además, la Audiencia de Alicante le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable por el asesinato con alevosía y agravante de parentesco de su madre al haber sido condenado por la muerte de más de dos personas (su hermano y su padre).

La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), establece también el pago de indemnizaciones que suman 133.000 euros para siete familiares de los fallecidos.

El fallo declara probado que el acusado mató primero a su hermano en el domicilio familiar, situado en la ciudad de Alicante, en la mañana del 13 de septiembre de 2018, tras abalanzarse sobre él y asestarle múltiples cuchilladas en distintas partes del cuerpo, provocando su muerte a causa de las graves heridas sufridas.

A continuación, aguardó en la vivienda a que regresaran su padre y su madre y les causó la muerte de la misma forma, atacándoles con el mismo cuchillo de forma sorpresiva e inesperada.

En su veredicto, el jurado popular estimó que no debe concederse al acusado los beneficios de la condena condicional, ni proponerse concesión de indulto alguno.

Igualmente, descartó las eximientes de trastorno mental y de drogadicción que había alegado la defensa.