Pandemia

Estos son los 68 municipios valencianos afectados por el toque de queda a partir del lunes

Algunos mantienen la medida desde el pasado mes de julio pero otros se incorporan a esta restricción

La noche del pasado sábado fue la primera sin estado de alarma
La noche del pasado sábado fue la primera sin estado de alarmaManuel BruqueEFE

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha autorizado a la Conselleria de Sanidad a limitar -entre el 17 de agosto y el 6 de septiembre- la circulación de personas en horario nocturno y las reuniones en espacios públicos y privados a un máximo de 10 personas en los siguientes municipios (68):

PROVINCIA DE ALICANTE (27):

- Mantiene el toque de queda desde el 12 de julio: Sant Vicent del Raspeig.

- Mantienen en toque de queda desde el 26 de julio 10 municipios: Alfàs del Pi, Alicante, Benidorm, Calp, Dénia, La Nucia, Pego, Santa Pola, Sax y Villajoyosa.

- Pasan a tener toque de queda desde el 17 de agosto 16 municipios: Almoradí, Altea, Aspe, El Campello, Cocentaina, Dolores, Finestrat, Monforte del Cid, Monóvar, Mutxamel, Novelda, Onil, Pedreguer, Teulada, Villena y Xàbia.

PROVINCIA DE CASTELLÓN (9):

- Mantiene el toque de queda desde el 12 de julio: Benicássim

- Mantienen el toque de queda desde el 26 de julio 3 municipios: Alcalà de Xivert, Oropesa del Mar y Peníscola.

- Pasan a tener toque de queda desde el 17 de agosto 5 municipios: Alcora, Benicarló, Castelló de la Plana, Segorbe y Vall d’Uixó.

PROVINCIA DE VALENCIA (32):

- Mantienen en toque de queda desde el 12 de julio 13 municipios: Alboraia, Benaguasil, Benetússer, Buñol, Gandia, L’Eliana, Mislata, Picassent, Requena, Riba-roja del Turia, València, Vilamarxant y Xirivella.

- Mantienen en toque de queda desde el 26 de julio 12 municipios: Alfafar, Alginet, Almussafes, Canals, Godella, L’Olleria, Manises, Massanassa, Rafelbunyol, Sagunto, Sueca y Turís.

- Pasan a tener toque de queda desde el 17 de agosto 7 municipios: Alcudia de Crespins, Benigànim, Cheste, Guadassuar, Montserrat, Torrent y Villanueva de Castellón.

Serán excepciones a esta limitación la adquisición de medicamentos u otros bienes de primera necesidad, la asistencia a centros sanitarios o atención veterinaria, el cumplimiento de obligaciones laborales o legales, el retorno al lugar de residencia habitual, la asistencia de personas mayores o cualquier otra actividad urgente debidamente acreditada.

Por otra parte, queda limitada la permanencia de grupos de más de 10 personas en espacios privados y públicos, tanto cerrados como al aire libre en los mismos municipios, salvo que se trate de personas convivientes o que se trate de dos núcleos de convivencia.

Se exceptúan de las limitaciones establecidas en los apartados anteriores, las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, la convivencia alterna de hijos, el acogimiento familiar de menores, la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes y las personas que viven solas, que se podrán incorporar a otra única unidad de convivencia.

Tampoco están incluidas en las limitaciones previstas en el apartado anterior las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes que imparten las enseñanzas a las que hace referencia el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación, incluida la enseñanza universitaria, ni aquellas actividades para las que se establecen medidas específicas.