Tribunales

La Fiscalía recurre el archivo de la causa por la vacunación de Bernabé Cano ante el Supremo

Considera que en el auto de la Audiencia se incurre en infracción de ley y en infracción de precepto constitucional

El alcalde de La Nucía (Alicante) y diputado provincial, Bernabé Cano, del PP
El alcalde de La Nucía (Alicante) y diputado provincial, Bernabé Cano, del PPMORELLAgencia EFE

La Fiscalía de Alicante ha registrado un recurso de queja frente al auto de la Audiencia Provincial por el que se declara el sobreseimiento provisional, sin posibilidad de recurso, de la causa instruida contra el alcalde de La Nucía y diputado provincial, Bernabé Cano (PP), en relación a su supuesta vacunación irregular frente a la covid-19.

Fuentes de la Fiscalía consultadas por EFE han precisado que en ese recurso de queja se solicita la anulación del sobreseimiento provisional para que se reanude el proceso o que, en todo caso, se acuerde el sobreseimiento libre ya que, a juicio del Ministerio Público, ese sería realmente la resolución que correspondería acordar.

Al tiempo, en ese recurso de queja se anuncia el recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) al considerar que en el auto de la Audiencia se incurre en infracción de ley y en infracción de precepto constitucional en la medida en que se habría entrado en la resolución del fondo de la causa prejuzgando el proceso.

La Sección Décima de la Audiencia de Alicante decretó a finales de abril el sobreseimiento provisional de la causa relativa a la presunta vacunación irregular contra el covid-19 del alcalde del municipio alicantino de La Nucía, Bernabé Cano (PP), llevada a cabo en una residencia geriátrica de esta localidad el 6 de enero del pasado año, durante los primeros días de la inoculación de las dosis.

La Audiencia de Alicante no apreció una conexión de la vacunación realizada con las funciones del alcalde investigado y añadió que esa inoculación “se produjo sin lesionar el derecho preferente de ningún afectado”, a lo que añadió que si ésta se hubiera producido por la también condición de médico del alcalde, “tampoco la conducta sería relevante” en el plano penal.