Tribunales

El fiscal defiende la plena validez de las cintas del “yonki del dinero”

Dice que la causa no está “cuasi prescrita” como alega la defensa de Benavent

El ex gerente de la empresa de la Diputación de Valencia Imelsa Marcos Benavent, a su salida de la Ciudad de la Justicia
El ex gerente de la empresa de la Diputación de Valencia Imelsa Marcos Benavent, a su salida de la Ciudad de la Justicialarazon

El fiscal anticorrupción ha defendido este martes la plena validez de los audios que grabó durante años el exgerente de Imelsa y autodenominado “yonqui del dinero”, Marcos Benavent, y que dieron pie a una macrocausa de corrupción cuyo primer juicio toca a su fin en la Audiencia Provincial de Valencia.

El fiscal Pablo Ponce ha sido el primero en presentar su informe final en la decimotercera sesión del juicio contra Benavent y otras ocho personas, entre ellas el exvicepresidente de la Diputación de Valencia y exalcalde de Moncada con el PP, Juan José Medina, por delitos de prevaricación, malversación, falsedad, fraude en la contratación, blanqueo y cohecho.

En este juicio se ha analizado, entre otros asuntos, el supuesto desvío de fondos desde Imelsa a las campañas municipales del PP en Moncada y Vilamarxant en 2007 y en las generales de 2008, y respecto a este asunto el fiscal ha subrayado: “Sí que hay caja B en el PP, no porque lo diga yo, sino porque lo dice una sentencia de la Audiencia Nacional. Una caja B que estaba siendo pagada por empresarios”.

A juicio del fiscal, no es casualidad que se produjese un fraude electoral en Vilamarxant (por parte del actual diputado nacional del PP y exalcalde, Vicente Betoret, aunque esta parte del sumario se considera prescrita) y Moncada “porque se conforma una unidad de voluntades entre Betoret, Benavent, Medina y (Alfonso) Rus para repartirse dinero procedente de comisiones ilícitas. Por eso no es de extrañar que Thematica -firma que el fiscal sostiene que estaba controlada por Benavent- trabaje en estos dos municipios”.

“Se ha acreditado hasta la saciedad -ha resaltado- que todos los trabajos que facturó Thematica en las campañas de 2007 y 2008 fueron realizados y que fueron pagados, no por el PP, sino por Imelsa”.

Ponce ha recordado el paso de Benavent como responsable de la Fundación Jaume II el Just y el “descalabro de 9 millones de euros” que supuso esta entidad y que “han acabado pagando todos los valencianos”.

A Benavent se le nombró gerente de Imelsa porque era un gran recaudador para el partido, porque le enseñó Vicente Burgos (en la fundación) a negociar comisiones del 2 o el 3 por ciento con las empresas”, ha sostenido el fiscal.

Y respecto a este tema, ha advertido: “Ya veremos qué pasa con la responsabilidad civil del PP -procesado en esta causa precisamente como responsable civil-, porque no puede ser que tengamos unas leyes que obligan a fiscalizar el gasto electoral y que haya un gerente del partido que admita que hay gastos al margen y que ‘cada uno se busca la vida’. La aristocracia política no puede funcionar así”.

Por otra parte, ha llamado la atención sobre el hecho de que ninguna defensa ha manifestado contradicción alguna entre los audios que entregó a la justicia la denunciante y actual consellera de Transparencia, Rosa Pérez Garijo, y los que posteriormente aportó el exsuegro de Benavent, Mariano López.

“Lo relevante es la existencia de unos únicos audios, con independencia del soporte; nadie pone en tela de juicio que existan otros distintos”, ha insistido Ponce, quien ha subrayado que “la Guardia Civil contrastó siempre las grabaciones con el testimonio de Benavent y con la búsqueda de pruebas”.

“Las declaraciones iniciales de Benavent gozaban de gran fiabilidad. Además, él nunca dijo que los audios no se correspondiesen con lo grabado, y explicó que las hacía y las conservaba como seguro de vida, por si le pasaba algo, en ningún caso dijo haberlas manipulado, solo que borró lo que consideró intrascendente, pero eso no es manipulación alguna”.

Sobre la cuasi prescripción de los delitos alegada por la defensa de Benavent, el fiscal ha explicado que “es una figura creada jurisprudencialmente en supuestos de agresión sexual, cuando la víctima tarda ocho o diez años en denunciar los hechos, de modo que todo ese tiempo es tenido en cuenta por la Sala Segunda del Supremo al objeto de moderar la penalidad y como circunstancia atenuante”.

“Aquí no existe tal cuasi prescripción, porque no existe ningún derecho a que el delincuente sea descubierto con prontitud. No depende de la Policía Judicial iniciar la investigación”, ha agregado.

Sobre la lentitud en la instrucción de la causa, el fiscal ha alegado que “lo relevante no es la fecha de comisión de los hechos, sino que a la hora de valorar posibles dilaciones indebidas se ha de ver el lapso de tiempo desde que se inicia el procedimiento. Ninguna de las defensas ha señalado cuál ha sido la supuesta paralización”.

En cuanto a la prescripción de algunos delitos, también alegada por las defensas en las conclusiones expuestas este lunes, el fiscal anticorrupción ha apuntado que en este juicio se analizan “delitos conexos que no es posible fraccionar para ver su posible prescripción individual, sino que hay una conexión natural entre ellos, y mientras el más grave no prescriba, no lo hacen el resto de delitos asociados”.