Por proteger a su exmarido

El TSJ de Valencia imputa a Oltra por la gestión del caso de abusos sexuales a una menor por parte de su expareja

El tribunal sospecha que la vicepresidenta trató de proteger o a su entonces marido, o su carrera política

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) se ha declarado competente para investigar a la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat, Mónica Oltra, por la gestión del caso de abusos sexuales a una menor tutelada -hechos por los que fue condenado su exmarido- y la ha citado a declarar el próximo 6 de julio, en calidad de investigada.

En un auto notificado hoy a las partes, el Tribunal sostiene que la exposición razonada elaborada por el Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia relata «una serie de indicios plurales que en su conjunto hacen sospechar la posible existencia de un concierto entre la señora Oltra y diversos funcionarios a su cargo, con la finalidad, o bien de proteger a su entonces pareja (…) o bien proteger la carrera política de la aforada».

Los tres magistrados del Tribunal Superior consideran factibles los delitos que le imputa la Fiscalía y que son prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir el delito; y además apunta la posibilidad de que también se haya cometido malversación impropia por el uso indebido de recursos públicos con fines particulares.

El TSJCV entiende por tanto que resulta procedente incoar diligencias previas, de las que será instructor el ponente de esta resolución, el magistrado Antonio Ferrer, «con el fin de investigar hasta qué punto esa sospecha inicial tiene la entidad suficiente como para permitir que el proceso pueda continuar su curso ordinario».

La Sala asume la causa en su integridad, es decir, también en lo relativo a los otros trece investigados, entre los que figuran altos cargos de la Conselleria y trabajadores del centro de menores donde ocurrieron los hechos, al considerar que existe en este momento en todos ellos «una conexidad inescindible».

Pero el Tribunal dice que a lo largo de la nueva instrucción se deberá decidir mantener la imputación de los ahora imputados, salvo en el caso de la vicepresidenta en el que el Tribunal sí que da por confirmados los indicios que apuntaba el instructor de Instrucción 15.

«En lo referente a la señora Oltra cabrá realizar otro planteamiento, ya que la existencia de esos indicios, al menos en el grado o intensidad necesario en esta fase procesal es lo que justificará precisamente nuestra competencia».

El TSJ coincide con el instructor de la causa en que «los diferentes trámites y expedientes no puede considerarse en abstracto y de una forma aislada como ilegales o irregulares, pero si los valoramos en su conjunto poniéndolos en relación con su contenido y su oportunidad, ya nos hacen pensar que han sido elaborados con un propósito muy concreto, completamente alejados de a finalidad para los que fueron concebidos».

También sospecha el Tribunal que Oltra «conoció estos hechos desde el principio, bien por comunicación de alguno de sus subordinados, bien por sencillamenteelo su marido, con quien no olvidemos en esos momentos convivía».

El ex, pendiente del Supremo

Aclara el auto del TSJ que «la sentencia por la que se condena al señor Ramírez Icardi (exmarido de Oltra) pende actualmente de un recurso de casación ante nuestro Tribunal Supremo, lo que quizá nos impida hablar de un delito de encubrimiento del art. 451 Código Penal, que caso de adquirir firmeza la resolución podría igualmente valorarse en un futuro. Pero en cambio no nos impedirá entrar a valorar los delitos imputados por el Ministerio Fiscal, ya que en definitiva se refiere sencillamente a impedir una investigación, a no dar a la menor la debida protección que su particular posición les imponía, infracción que igualmente podría concurrir aunque finalmente resultara absuelto el Sr. R.I., ya que lo trascendente es la pantalla dispuesta con el fin de evitar contribuir a la debida investigación de los hechos y proteger como era su deber a la menor, evitando la victimización secundaria que ha provocado el tratamiento que se dio a su denuncia».

Declarará el 6 de julio

Y apunta que a los delitos que indica el Ministerio Fiscal se podría añadir (o bien, sustituir por el prevaricación), el de malversación impropia en la medida en que han podido implicar un uso indebido de recursos públicos con fines particulares»

Junto al auto por el que asume su competencia y se acuerda la incoación de diligencias previas, el Tribunal ha notificado una providencia por la que cita a declarar a la aforada como investigada el próximo 6 de julio a las 10 horas asistido por los dos abogados que llevan su defensa.