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Urbanismo

Alicante frena las licencias a apartamentos turísticos en zonas saturadas de edificios

Se prohíbe la implantación de pisos turísticos en plantas bajas

Alicante estrecha el cerco a los apartamentos turísticos en la ciudad con una legislación nueva La Razón

El Ayuntamiento de Alicante ha dado luz verde este martes en Junta de Gobierno Local al inicio de la tramitación de una nueva regulación de los alojamientos turísticos en la ciudad, que establece un índice máximo de 0,187 plazas turísticas por habitante y prohíbe la implantación de nuevas plazas turísticas en aquellas zonas saturadas urbanísticamente, es decir, en las que se supera el índice máximo establecido, con excepciones específicas para hoteles de 3, 4 y 5 estrellas. Además, prohíbe la implantación de usos turísticos en las plantas bajas de los principales viarios comerciales y establece un acceso independiente como condición a la concesión de licencias de alojamientos turísticos ubicados en edificios residenciales.

"Alicante avanza hacia un modelo de ciudad de barrios, con un turismo urbano sostenible, buscando el equilibrio entre la vida cotidiana de los residentes y la actividad turística”, destaca el alcalde de Alicante, Luis Barcala. “La ciudad pretende atraer visitantes, pero garantizando su sostenibilidad: sin comprometer su modelo de ciudad, sin desbordar la capacidad del territorio ni expulsar a la población local, garantizando que los residentes puedan seguir viviendo en sus barrios, el acceso a la vivienda en sus diferentes modalidades, al trabajo y a los servicios y espacios públicos”, considera el primer edil.

"La apuesta por la excelencia turística y la diversificación resulta clave en este objetivo, atraer calidad frente a cantidad, reduciendo así la presión en el espacio público e impulsando una actividad turística regulada que genere empleo de calidad, reposicionando la marca turística hacia un modelo más sostenible y fomentando los hoteles de 3, 4 y 5 estrellas”, añade el alcalde.

Esta regulación se articula a través de la modificación puntual Nº 52 del PGOU, que ha iniciado el trámite de evaluación ambiental estratégica y el consiguiente sometimiento del Borrador y el Documento Inicial Estratégico de la modificación puntual a las preceptivas consultas a distintos organismos. Posteriormente, la modificación puntual tendrá que ser aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Alicante para su aprobación inicial, que supondrá la entrada en vigor de la normativa que contiene.

La unidad elegida para establecer las zonas saturadas a nivel urbanístico y las que no lo están es la sección censal y la situación en la que se encuentra cada zona se revisará cada año. En las zonas no saturadas se podrán autorizar nuevas plazas turísticas, con controles que garanticen que no se supere el umbral máximo establecido.

Se establece la excepción para los hoteles de 4 y 5 estrellas, que no se verán afectados por el límite establecido para el indicador de saturación, aunque la zona en la que se ubiquen haya alcanzado el umbral máximo permitido.

Del mismo modo, para los hoteles de 3 estrellas se dicta un régimen especial que les permite superar el límite general fijado, estableciendo un límite de 0,32 plazas turísticas por habitante a la hora de conceder licencia para este tipo de establecimientos en una determinada zona.

Esta excepción responde a la apuesta por un modelo de excelencia turística que priorice la calidad frente a la cantidad, incentivando una oferta de alojamientos que genere empleo estable y de mayor valor añadido, al tiempo que atraiga un perfil de visitante menos estacional que responda a un turismo más diversificado y respetuoso con el entorno urbano.

Bajos comerciales y accesos independientes

Por otro lado, se prohíbe la implantación de usos turísticos en plantas bajas de viarios estructurantes, ejes comerciales y ejes cívicos, para favorecer el comercio de proximidad, que constituye un elemento clave para la vitalidad urbana y la cohesión social.

Esta medida busca proteger la red de comercio de barrio, asegurando un modelo de ciudad de proximidad, cohesión social y continuidad urbana, evitando que el uso turístico sustituya a los servicios cotidianos indispensables para los residentes.

El incremento de actividades de alojamiento turístico, especialmente en planta baja, puede desplazar a las actividades comerciales tradicionales, dado que las primeras suelen presentar una mayor rentabilidad económica. Este fenómeno conlleva el riesgo de pérdida del tejido comercial de barrio y de vaciamiento funcional de los espacios urbanos.

La nueva normativa urbanística busca garantizar que el uso turístico no sustituya al uso comercial y de servicios de proximidad, particularmente en planta baja, donde por razones de accesibilidad, carga y descarga, visibilidad y relación con el espacio público, deben concentrarse principalmente los locales comerciales y de servicios básicos.

Por último, la nueva regulación implica que los establecimientos turísticos en edificios con uso residencial deberán contar un acceso independiente y exclusivo y garantizar que no interferirán en la vida comunitaria del resto de residentes ni compartirán espacios comunes.

Con esta medida se actúa para garantizar la seguridad y tranquilidad de los residentes, separando los flujos de turistas, evitando que compartan recorridos interiores y reduciendo al mínimo la interacción en zonas comunes.