Impuestos

Valencia devolverá al menos 700.000 euros a comercios y hostelería por el IAE en pandemia

Se podrán beneficiar aquellos comercios que estuvieron obligatoriamente cerrados

Una mujer pasa junto a la terraza recogida de un bar cerrado durante el cuarto día de la entrada en vigor de las nuevas restricciones en Cataluña, en Barcelona, Cataluña (España) a 20 de octubre de 2020. El pasado viernes 16 de octubre entraron en vigor las nuevas restricciones decretadas por la Generalitat por el coronavirus. Entre ellas, se paraliza la actividad durante dos semanas en bares restaurantes, se suspende la actividad deportiva no profesional dos semanas, se cierran las áreas de juego infantil a las 20.00h, se suspende la apertura al público de juegos, casinos y bingos, se reduce el 50% del aforo en zonas comunes de hoteles y también en cines y restaurantes, y se reduce al 30% el aforo en comercios superiores a 400 metros cuadrados y centros comerciales.20 OCTUBRE 2020 CORONAVIRUS;COVID-19;PANDEMIA;ECONOMÍA;CRISISDavid Zorrakino / Europa Press20/10/2020
Una mujer pasa junto a la terraza recogida de un bar cerrado David ZorrakinoEuropa Press

El Ayuntamiento de Valencia ha activado en su página web y en la sede electrónica municipal el formulario y el trámite para que los comercios y hostelería que permanecieron obligatoriamente cerrados y sin actividad durante los meses de confinamiento derivados de la pandemia puedan solicitar la devolución del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

El Ayuntamiento calcula que deberá devolver a los comercios una cuantía que oscilará entre los 700.000 y los 800.000 euros, aunque la cifra final dependerá de los establecimientos que presenten la petición y cumplan con los requisitos, según fuentes municipales.

La Junta de Gobierno Local aprobó hace dos semanas iniciar los trámites oportunos para proceder a la devolución de la parte proporcional de la cuota del IAE en aquellos supuestos en los que haya habido una paralización total de la industria, el comercio o la actividad económica y se cumplan los requisitos procedentes.

Al tratarse de personas jurídicas, los solicitantes deben pedir por vía electrónica la devolución de las cantidades que correspondan. Para conocer toda la información, se debe descargar los formularios y presentar la solicitud.

A partir de la presentación del registro, el Ayuntamiento revisará la solicitud y practicará la devolución que corresponda, si es el caso. El derecho a la devolución prescribe a los cuatro años desde que se realizó el ingreso.