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Caso Malinche
La Audiencia de Madrid archiva la investigación a Nacho Cano
La Audiencia Provincial de Madrid se refiera a "falta de indicios racionales" de delitos

La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado la causa abierta contra el productor musical Nacho Cano ante la "falta de indicios racionales" de delitos, al considerar que no trató de introducir irregularmente en el país a jóvenes que trabajaron como becarios en su musical 'Malinche'.
Los magistrados de la sección primera de la audiencia madrileña han estimado parcialmente el recurso de Nacho Cano y el resto de los investigados, y han acordado el sobreseimiento provisional de la investigación que dirigía el Juzgado de Instrucción 19 de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid.
Leyendo el auto de la jueza se concreta que ha acordado el sobreseimiento provisional del 'caso Malinche', al entender que los investigados, a los que se les estima parcialmente el recurso, "no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería, sino siguiendo un procedimiento no poco común consistente en entrar como turista sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes, práctica asumida por la normativa de la Unión Europea".
En la misma línea, la Sala establece que "no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada. El procedimiento puede ser o no el adecuado –abundan los magistrados– pero no llega a integrar la gravedad del tipo penal del artículo 318 bis", que castiga el tráfico ilegal de personas. Madrid.
Mensaje al presidente del Gobierno
El pasado enero, el afamado productor musical desfiló por los juzgados y se desvinculó de los hechos, lanzando un mensaje al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al que acusó de "corrupto". "Vas a por mí, pero no voy a caer porque no lo merezco", aseguró el exintegrante de 'Mecano'.
Tres meses después de esas afirmaciones, la Sala determina que de lo actuado se desprende una falta de indicios suficientes de comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y de los extranjeros, con independencia de que "cumplan o no los requisitos administrativos a valorar en otra jurisdicción, lo cual es ya entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al Juzgado".
Los magistrados consideran que las diligencias de investigación pendientes de practicar serían "innecesarias" ya que un nuevo informe de la Subinspectora de Trabajo acredita la finalidad de impartir una formación artística con cambio de experiencias, difusión de cultura y en consecuencia una formación académica en un marco general de colaboración entre FCM y Malinche The Musical Spain a través de Jana Producciones SA con lo que se pone de manifiesto la realidad de la finalidad de entrada de los becarios.
La Sala estima el recurso de forma parcial si bien acuerda que no procede el sobreseimiento libre solicitado sino el provisional por "si aparecieran nuevos datos que obliguen a la reapertura de la causa lo cual no sería posible en el primer caso al tener el valor de cosa juzgada".
Abundan los magistrados en que "el procedimiento puede ser o no el adecuado pero no llega a integrar la gravedad del tipo penal del artículo 318 bis", que castiga el tráfico ilegal de personas.
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