Caso Marsans
Dos años de cárcel para «Tibu», representante de «El Canto del Loco», por apropiarse de 220.000 euros
«Tibu», exrepresentante de "El Canto del Loco", se apropió indebidamente de 22.000 euros del grupo.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 2 años de prisión y multa de 21.000 euros impuesta en septiembre del pasado año por la Audiencia Provincial de Madrid a Carlos Pancracio Vázquez Moreno, conocido como "Tibu"y exrepresentante, entre otros, de "El Canto del Loco", por apropiarse indebidamente de 222.000 euros que generó la gira del grupo en 2008.
La sentencia dada a conocer este viernes por el alto tribunal confirma los hechos probados en su día por la Audiencia, que se remontan al contrato que "Tibu"firmó con los miembros del grupo en 2008, con los que constituyó la sociedad "personas Producciones S.L."para gestionar sus actuaciones y elaborar los planes de promoción de la banda.
En concreto se le condena por un delito continuado de apropiación indebida relacionado con dos operaciones, la primera por la gira en 2008 que contó con el patrocino de La Caixa D'Estalvis I Pensions de Barcelona. En este caso resultó un rendimiento para la sociedad por la que operaba el representante (Airados S.L.) de 100.700,323 euros una vez descontada la parte que correspondía al representante, y que éste nunca se entregó al grupo.
Además, la sociedad por la que "Tibu"operaba con los músicos se apropió indebidamente de 121.403,08 euros obtenidos del concierto que el grupo entonces liderado por Dani Martín dio en el Palacio de los Deportes de Madrid el 21 de junio de 2008.
La sentencia rechaza todos los motivos del recurso presentado por el representante y confirma su condena, por la que tiene que indemnizar además a quienes integraban el grupo por la misma cantidad que tenían que haber percibido y les fue robada.
Resalta que esa cantidad debió haberse contabilizado dentro de la sociedad Personas Producciones S.L. como beneficios y no en Airados S.L. , de la que "Tibu"era administrador único, y de las que dispuso para uso propio.
También existió según el Supremo una gestión desleal en cuanto en su condición de administrador perjudicó patrimonialmente a la sociedad que había constituido con "El Canto del Loco"al distraer el dinero cuya disposición tuvo a su alcance.
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