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La Justicia no avala los partidos los viernes y los lunes e insta a Tebas y Rubiales a negociar “de buena fe”

Un juzgado de Madrid rechaza la pretensión de la Liga, les apremia a pactar el calendario y no advierte “ninguna medida de presión” de la RFEF, sino “predisposición a negociar”

Tebas y Rubiales, en una imagen de archivo
Tebas y Rubiales, en una imagen de archivoLa Razón

La Justicia se lava las manos en la decisión sobre la disputa de partidos de fútbol los viernes y los lunes y obliga a Javier Tebas y Luis Rubiales a sentarse a negociar. Un juzgado de Madrid ha desestimado íntegramente la solicitud de la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LFP) de mantener en vigor las medidas cautelares adoptadas por la Audiencia Provincial de Madrid -que permitirían celebrar partidos de Primera y Segunda División no solo sábados y domingos- y emplaza a la Liga y a la Federación Española de Fútbol (RFEF) a coordinarse “de buena fe” para pactar la celebración de encuentros los viernes y los lunes, como ya estableció en la sentencia que puso fin a este procedimiento y que se hizo pública en el pasado mes de mayo.

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, Andrés Sánchez Magro, no comparte la decisión de la Audiencia Provincial ya que, subraya, se trata de “un examen indiciario y parcial” de medidas cautelares, que no entra al fondo de “una cuestión jurídica compleja”. Para el magistrado, la legislación deportiva aplicable exige -como ya expuso en la sentencia- una coordinación entre LaLiga y la RFEF.

Una cuestión que, añade, no ha sido modificada legalmente, “a pesar de los continuos esfuerzos de LaLiga por realizar una interpretación que no tiene ningún sustento jurídico-normativo y que, además, ha avalado con sus propios actos al suscribir convenios de coordinación en los años 2010, 2014 o incluso con posterioridad a la entrada en vigor” del decreto 5/2015 de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, “donde expresamente ha acordado con la RFEF la disputa de partidos fuera de la jornada oficial”.

La definición de lo que se entiende por jornada oficial -recuerda el magistrado- “figura en la reglamentación federativa desde hace décadas y, si se requiere disputar partidos fuera de ella, se emplean los convenios de coordinación”, como sucedió, por ejemplo, de 2010 a 2019, cuando sí se pactó expresamente esta cuestión entre la RFEF y LaLiga. “En ninguna norma del ordenamiento jurídico existe la posibilidad de que LaLiga de forma individual y sin la participación de la RFEF pueda programar partidos fuera de la jornada oficial”, subraya. “Para ello existe”, añade, la coordinación preceptiva entre ambas entidades que estipula el artículo 41,4 de la Ley del Deporte, “para dotar de la necesaria coherencia al fútbol profesional y no profesional”.

Tal y como exige la legislación y la jurisprudencia, insiste, la coordinación “trata de dar coherencia a la organización de las competiciones futbolísticas profesionales” y, frente a lo que sostiene la Audiencia Provincial, subraya en la resolución, “esa coherencia para la disputa de partidos los viernes y los lunes, fuera del concepto de jornada oficial, exige un acuerdo entre las partes, tal y como viene aconteciendo al menos desde el año 2010 y hasta el año 2019, para que se coordine el interés del futbol profesional con el interés del fútbol no profesional que, según afirma la representación letrada de la RFEF, se cifra en casi un millón de licencias deportivas”.

De ahí que considere “lógico y coherente” que a través de la coordinación exigida por la Ley del Deporte, Javier Tebas y Luis Rubiales se pongan de acuerdo. “Ninguna medida de presión de la RFEF hacia LaLiga se apreciaba ni se aprecia por este juzgado sino más bien todo lo contrario, predisposición a negociar desde la buena fe para alcanzar un acuerdo satisfactorio para todo el futbol español”.

Y más teniendo en cuenta, añade, que tanto la Federación con la LFO “han mostrado sobradamente su capacidad para negociar y para alcanzar acuerdos”, por lo que esa “necesidad de respetar el principio de coordinación en la organización de la competición” debe llevar a ambos organismos “a negociar de buena fe, con ánimo de alcanzar acuerdos y partiendo de unas posturas razonables en el más amplio sentido de la palabra”. De hecho, sostiene, “el ejercicio de las acciones que LaLiga ha planteado tiene el problema esencial de concretar cuál es el comportamiento de la RFEF que reputa objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe”.

Recuerda, además, que en otra competición profesional en España, el baloncesto, en la que el régimen jurídico que exige la Ley del Deporte respecto a “la coordinación entre liga profesional y federación deportiva” se mantiene “intacto tras treinta años, sin que se haya modificado nada”.

Por tanto, concluye, “no pueden actuar unilateralmente, sino que la base de su actuación debe ser el acuerdo en esas materias relativas a la organización de la competición. Si LaLiga no puede olvidarlo, menos aún la RFEF por su propia posición institucional, que debe llevarle a facilitar en la medida de lo posible el buen fin de la competición, que siendo organizada por LaLiga exige su decisiva participación. Es, sin duda, una responsabilidad de primer orden”.

Y recalca que más que una “admonición” o un “consejo” por parte del titular del juzgado, “se trata de constatar una exigencia legal: RFEF y LaLiga deben negociar de buena fe”.

Los argumentos de Liga y Federación

LaLiga trasladó al magistrado, entre otros argumentos, tanto el “malestar” de los operadores extranjeros de derechos audiovisuales ante la imposibilidad de programar partidos los viernes y los lunes, como el de los propios clubes por la “desorganización” que supone tener que cambiar las fechas de los encuentros inicialmente fijados para esos días. Además, expuso las quejas del sector de la hostelería e hizo hincapié en que los calendarios de otras grandes ligas europeas como la italiana, alemana e inglesa incluyen partidos viernes y lunes.

Para la LFP, en definitiva, la negativa de la Federación a que la jornada se dispute fuera del fin de semana supone “una alteración definitiva de la estructura de la competición y en definitiva del mercado audiovisual”, lo que acarrea importantes consecuencias económicas por “los compromisos comerciales y contractuales suscritos por LaLiga”. Un argumento, el de las repercusiones económicas, que el magistrado niega que pueda sustentar el mantenimiento de las medidas cautelares solicitadas.

Por su parte, la Federación afirmó que se ha limitado a recordarle a la LFP que no pueden programarse partidos fuera del concepto de jornada oficial si no hay un acuerdo entre las partes, tal y como ha venido sucediendo en los últimos diez años y como refrendó la propia sentencia de este mismo juzgado el pasado 27 de mayo. Asimismo, el letrado de la RFEF negó el supuesto malestar de los operadores televisivos esgrimido por Tebas y aseguró que ninguno se ha dirigido a la Federación para trasladar queja alguna oficial al respecto.