"Caso Villar"

El exjefe de los árbitros tendrá que declarar como imputado por el desvío de ocho millones de euros

La Audiencia Nacional corrige al instructor y le obliga a citar como investigados a Sánchez Arminio y al expresidente de la RFEF Ángel María Villar

Victoriano Sánchez Arminio, ex presidente del Comité Técnico de Árbitros
Victoriano Sánchez Arminio, expresidente del Comité Técnico de Árbitroslarazon.

El ex presidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) Victoriano Sánchez Arminio tendrá que declarar como investigado en relación al supuesto desvío de ocho millones de euros. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado al instructor del "caso Soule", Alejandro Abascal -que investiga presuntas irregularidades en la Real Federación Española de Fútbol (RFEF)-que tome declaración por fraude de subveciones tanto a Sánchez Arminio como al expresidente de la RFEF Ángel María Villar, así como al ex secretario general del CTA Raúl Massó.

En contra del criterio del instructor, los magistrados de la Sección Segunda estiman así parcialmente el recurso interpuesto por la Liga Nacional de Fútbol Profesional, que recurrió la decisión de Abascal, quien rechazó citarles como investigados. En su resolución, la Sala desestima sin embargo la pretensión de la Liga de que se impute a la RFEF, que pospone hasta que declaren los tres imputados.

La Audiencia argumenta que lo procedente ahora es verificar si hay indicios de una posible responsabilidad penal por ese supuesto desvío de fondos y si, en su caso, son imputables a Sánchez Arminio, Villar y Massó. Para la Sala, que hayan declarado ya como testigos no impide que ahora pasen a ser investigados. "No es sino la existencia o no de indicios racionales y suficientes de criminalidad lo que ha de determinar si la solicitud de incorporación de las personas citadas como investigas debe o no atender", deja claro.

En su escrito, la Liga denunciaba que de las diligencias practicadas se deriva la existencia de un nutrido volumen de pagos manifiestamente ajenos a los fines convencionales para los que la LNFP aportaba a la RFEF los fondos convenidos, llevado a cabo en virtud de un "aAcuerdo arbitral referente a la aplicación el posible remanente generado como consecuencia de los fondos transmitidos por la LNFP a la RFEF", alcanzado y documentado, según los denunciantes por personas sin atribución ni competencia alguna para ellos. Una actuación que se hizo, dice la Liga, a sus espaldas, de forma que los que entonces eran presidente y secretario del CTA habrían prestado su conformidad y ordenado el pago de una serie de facturas, con fondos de la LNFP, para pagar "gastos completamente ajenos al futbol profesional, alterándose así el destino de los fondos entregados por la LNFP a la RFEF, siendo aquellos subordinados del presidente de esta última, quien se benefició ilícitamente de tales fondos, por lo que se interesa se declare la condición de responsable civil subsidiaria de la RFEF".

En esa misma línea, la Fiscalía considera que existen indicios para entender que la LNFP percibe fondos de la recaudación de las quinielas, cuyo control y seguimiento tiene encomendada la Comisión de Seguimiento en la Participación de las Quinielas Deportivas, dependiente del Consejo Superior de Deporte (CSD), sin perjuicio de las funciones de control financiero realizadas por la Intervención General la Administración del Estado (IGAE). Una de las obligaciones establecidas mediante acuerdo de la citada Comisión a partir el ejercicio 2004/2005 es que esa aportación de dinero público se destine a sufragar el pago de los derechos de arbitraje de las competiciones oficiales de fútbol, y que cualquier otro tipo de obligación a sufragar mediante ese remanente requerirá la previa comunicación y acuerdo favorable de la citada Comisión.

El fiscal esgrimió que los informes periciales concluyen que las aportaciones realizadas por la LNFP correspondientes a los honorarios arbitrales exceden de los gastos contabilizados por la RFEF en la suma de 7.999.013,18 euros, correspondientes a estos conceptos, indicando que esta diferencia no se encuentra justificada y que tales fondos no han sido destinados a su fin. “De lo instruido se desprenden indicios de que, en la decisión de destinar tales fondos a otro tipo de gastos, diferentes a los previstos en los convenios, habrían intervenido tanto el presidente como el secretario técnico del CTA”, concluye el Ministerio Público.