Dopaje

El narcótico que hundió a Nairo Quintana ya es ilegal

El tramadol supuso la descalificación del colombiano en el Tour de 2022

Nairo Quintana, en su anterior etapa en el Movistar
Nairo Quintana, en su anterior etapa en el MovistarlarazonLa Razón

El narcótico tramadol, que fue responsable de la descalificación del ciclista colombiano Nairo Quintana del Tour de Francia de 2022, forma parte desde el 1 de enero de la lista de sustancias dopantes, y por tanto prohibidas, de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). La lista que entrará en vigor en 2024 fue aprobada el pasado 23 de septiembre, con la principal novedad de la inclusión del tramadol después de años de estudio.

"Los datos de seguimiento han revelado un uso significativo de tramadol en deportes como el ciclismo, el rugby y el fútbol. El abuso de tramadol, con sus riesgos -según la dosis- de dependencia física, trastornos propios del consumo de opiáceos y sobredosis en la población general, es preocupante y ha llevado a que sea una droga controlada en muchos países", explica la AMA. Además, los estudios financiados por la propia Agencia "han confirmado el potencial del tramadol de mejorar el rendimiento físico en el deporte".

Una comisión de expertos ya recomendó a la AMA en septiembre de 2022 su prohibición en competición, pero la Agencia decidió posponer la decisión para hacer una labor educativa y explicativa entre los deportistas y su entorno y para reunir evidencias científicas.

El medicamento es un potente analgésico que ya estaba prohibido por la Unión Ciclista Internacional (UCI) desde el 1 de marzo de 2019 -de ahí la sanción a Nairo Quintana- para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante sus efectos secundarios, pero no figuraba hasta ahora en la lista de sustancias prohibidas de la AMA.

El Informe Mundial 2023 de Naciones Unidas sobre Drogas, publicado el pasado junio, alertaba del peligro de una "epidemia de opioides" en algunas zonas del planeta y mencionaba entre ellos el tramadol, una droga que proporciona los efectos analgésicos típicos de los opioides al tiempo que actúa como estimulante.

Otra novedad en la lista de prohibiciones es la inclusión en el programa de seguimiento del tapentadol y la dihidrocodeína, también analgésicos con propiedades opioides, para supervisar los patrones de su uso en competición, y la semaglutida, un antidiabético, con el fin de examinar la prevalencia y el patrón de uso.

También se ha especificado el periodo de "lavado" (tiempo transcurrido entre la última dosis y el día de competición) tras la administración rectal de glucocorticoides: tres días, excepto para el diacetato de triamcinolona y la triamcinolona, que serán diez.

Además, la donación de plasma o componentes plasmáticos mediante plasmaféresis por parte de los deportistas ya no está prohibida si se lleva a cabo en un centro registrado de extracciones.

La AMA estima que, tras publicar estas novedades en septiembre, estos "tres meses de antelación" a su entrada en vigor son suficientes "para que los deportistas, su entorno y otras partes interesadas puedan conocer las modificaciones".

"En última instancia", recuerda la AMA, "los deportistas son responsables de las sustancias prohibidas que se encuentren en su organismo y de los métodos prohibidos que se hayan utilizado". Su entorno también es responsable si se determina su complicidad. Por ello recomienda que, en caso de duda, se pongan en contacto con su federación o su agencia nacional antidopaje para que les asesoren.

Los deportistas que necesiten "por un motivo médico legítimo" recurrir a una sustancia prohibida deben solicitar una exención de uso terapéutico (TUE), recuerda la AMA, que subraya "el rigor" y "la necesidad" de este programa.