Tribunales
Un juez de Barcelona cita este lunes como investigado a Gerard Piqué por conducir sin puntos
Según la última sentencia al respecto del Supremo, conducir sin el carné vigente por la pérdida total de los puntos “será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa”
El titular del Juzgado de Instrucción 27 de Barcelona ha citado a declarar como investigado al jugador del FC Barcelona Gerard Piqué para este lunes 26 de noviembre a las 13 horas por presuntamente conducir sin puntos del carné de conducir.
Según ha informado este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), Piqué está citado a declarar en la Ciutat de la Justícia de Barcelona, en calidad de investigado, por un presunto delito contra la seguridad del tráfico.
► La Guardia Urbana de Barcelona denuncia a Piqué por conducir sin puntos en el carné
El juzgado abrió diligencias de investigación después de que el futbolista fuera denunciado por la Guardia Urbana el viernes 31 de agosto.
La Guardia Urbana de Barcelona denunció a Piqué al descubrir que circulaba sin puntos del carné, tras darle el alto en una calle del Eixample poco antes de las 15.00 horas, y comprobaron que el futbolista circulaba sin puntos en su carné de conducir y que le habían sido retirados por otras infracciones.
El Juzgado pidió antes de citar al jugador que la Dirección General de Tráfico (DGT) comunicara formalmente si la pérdida de puntos fue de forma personal, según establece la ley.
Según la última sentencia al respecto del Tribunal Supremo, conducir sin el carné vigente por la pérdida total de los puntos “será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 90 días. La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.”
Según estas sentencias, se condena por el “peligro presunto” no requiriendo la creación de un riesgo congreto para la seguridad vial, pues se comete por el propio riesgo generado.
La pareja de Shakira ya fue condenado en marzo de 2015 a una multa de 10.500 euros por increpar de forma airada, despectiva y agresiva a dos agentes de la Guardia Urbana que habían multado a su hermano por dejar su coche mal estacionado.
En la sentencia por aquel caso, la titular del juzgado de instrucción número 5 de Barcelona recriminó al central azulgrana su “actitud despectiva y de agresividad verbal y gestual” hacia los agentes que se disponían a multar a su hermano la madrugada del 13 de octubre de 2014.
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