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Gato, el ladrón denunciado 44 veces por robar botellas de alcohol con un traje de neopreno

Un estudio de la CEOE cifra en 300 millones el coste del hurto multireincidente en España. Cada año, los comercios pierden unos 1.600 millones por estas prácticas delictivas

Botella a botella, perfume a perfume, cada año, los comercios españoles pierden unos 1.600 millones de euros por los pequeños hurtos, según una estimación realizada por EY para la Asociación de Empresas de Gran Consumo (AECOC). Entre los que se dedican a vivir de esta práctica, hay un amplio grupo de delincuentes multireincidentes dedicados a los robos de menos de 400 euros, tipificados como delitos leves de hurto. La CEOE estima que la actividad de estos delincuentes le cuesta a las arcas públicas unos 300 millones de euros teniendo en cuenta la evolución de las denuncias, los juicios suspendidos y las sentencias. Además, la patronal asegura que “esta práctica le sale gratis al delincuente profesional”, según se recoge en un documento de ha elaborado para expresar su posición ante el hurto multireincidente en el comercio.

En su análisis, la CEOE ha recogido siete ejemplos de “profesionales, reincidentes” que hacen del hurto su modo de vida y, a su juicio, no tienen consecuencias. De algunos describe su modus operandi. Por ejemplo, en el conocido como “caso Gato”, explica que se trata de un hombre que hurta botellas de alcohol. Para ello, “introduce unas diez botellas en un traje de neopreno que lleva bajo la ropa, paga dos sacos de arena de gato y se marcha”. Con este procedimiento, ha sustraído en sólo una cadena de supermercados en cuatro años mercancía por valor de 6.000 euros en 44 hurtos, por los que se le han impuesto multas de 18.000 euros que, según la CEOE, no ha pagado. Tampoco han pagado sus sanciones las implicadas en el “caso Gord”, tres mujeres que usando las amenazas y actuando a veces en varios supermercados el mismo día, han robado “botellas y solomillos para su posterior venta” por un valor estimado de 1.100 euros en dos años. Por sus delitos, han sido sancionadas con 6.000 euros.

En el denominado “caso Giralda”, una banda organizada que prepara “perfectamente” cada robo es capaz de desvalijar tiendas de perfumes en cinco o seis minutos. Han sido denunciados en 70 ocasiones entre septiembre de 2016 y agosto de 2017.

Cambios legislativos

Según la patronal, la impunidad de estas bandas organizadas se ha incrementado tras las dos sentencias que el Tribunal Supremo dictó en 2017 en las que se consideraba que el hurto es un derecho penal de autor, es decir que "se debería castigar igual el primer hurto que los siguientes hasta un número indeterminado". La CEOE afirma que esto ha tenido como consecuencia que las sentencias para hurtos reincidentes se limiten al pago de multas, que raramente se hacen efectivas, y que el ritmo de denuncias ronde las 700.000 al año sin que tengan consecuencias para los delincuentes. Además, asegura que la realidad es que en la actualidad no existe una herramienta jurídica para luchar contra la multirreincidencia de menos de 400 euros.

Para revertir esta situación, la CEOE reclama la modificación del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Leves con el objetivo de ganar operatividad. En concreto, pide modificar el artículo 235 del Código Penal para que se pueda imponer una pena cuando existan dos delitos de hurto menores de 400 euros de 1 a 3 meses de prisión y orden de alejamiento, pena que pide que se incremente de 6 a 18 meses también con orden de alejamiento en caso de que haya un tercer delito por robo.

Respecto a la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la Ejecución de Delitos Leves, cree que el juez debería imponer sentencia "in voce” cuando el denunciado asista a juicio y se conforme con la pena y requerir el pago de la multa en la sala. Además, considera que el magistrado debería requerir al condenado el pago de la multa en 30 días con reducciones por pronto pago y que, en caso contrario, se sustituya la pena por un día de prisión por cada dos multas impagadas.

También aboga por que se requiera a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que notifiquen “in situ” las citaciones de juicio o sentencias, entre otras, a las personas que las tengan pendientes cuando las identifiquen. Para ello, ve necesario que los juzgados tengan una base de datos actualizada de todas las personas.