Coronavirus

La CNMV prorroga un mes más el veto a las posiciones cortas en la Bolsa española

El supervisor amplía esta medida hasta el 18 de mayo debido al “alto nivel de volatilidad”. La restricción puede prorrogarse por periodos de tres meses si se mantiene el mismo escenario

La incertidumbre y las fluctuaciones de los mercados se convierten en un buen cobijo para la especulación. Una práctica que siguen algunos inversores para sacarle partido a los días de pánico es tomar posiciones cortas en los mercados de futuro. Esta se pone en marcha cuando se esperan caídas en Bolsa y consiste en vender activos, que se toman prestados, con el objetivo de comprarlos a un precio inferior para embolsarse la diferencia antes de devolverlos. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) prohibió esta práctica en los centros de negociación españoles, tanto en las Bolsas de Valores como en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), para las que la CNMV es la autoridad competente, por un periodo de un mes que se inició el pasado 17 de marzo. La extremada volatilidad de los mercado ha llevado al supervisor a prorrogar un mes la prohibición de incrementar las posiciones cortas en la Bolsa Española, desde el 18 de abril hasta el 18 de mayo, ambas fechas incluidas.

La CNMV no descarta nuevas prórrogas. Según afirma el supervisor en un comunicado, la decisión a su vez, podrá ser prorrogada por periodos renovables no superiores a tres meses si se mantienen las circunstancias, o bien levantarse en cualquier momento sin agotar el plazo, si se considera necesario. El organismo que preside Sebastián Albella ha adoptado esta decisión tras diversos contactos con los supervisores de valores de los restantes países europeos que han establecido medidas similares, debido a “la persistencia de los riesgos e incertidumbres para la evolución de la economía y el mercado en el contexto de la situación creada por el Covid-19, el alto nivel de volatilidad y el riesgo de que puedan producirse movimientos de precio desordenados”.

Libres de la prohibición

La CNMV vuelve a excluir de esta prohibición, ya notificada a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés), las actividades de creación de mercado en los términos previstos en el reglamento europeo. De igual manera se permite la creación o incremento de posiciones cortas netas cuando el inversor que adquiere un bono convertible tiene una posición neutral en términos de delta entre la posición en el elemento de renta variable del bono convertible y la posición corta que se toma para cubrir dicho elemento. Se excluye de la restricción, además, la creación o incremento de posiciones cortas netas cuando la creación o incremento de la posición corta en acciones esté cubierta con una compra equivalente en términos de proporción en derechos de suscripción, y la creación o incremento de posiciones cortas netas a través de instrumentos financieros derivados sobre índices o cestas de instrumentos financieros cuando el peso de los valores afectados por la prohibición no supere la mitad del índice o cesta.

“La prohibición cautelar afecta a cualquier operación sobre acciones o índices, incluyendo operaciones de contado, derivados en mercados organizados o derivados OTC, que suponga crear una posición corta neta o aumentar una preexistente, aunque sea de forma intradiaria”, advierte la CNMV. Se entenderá por posiciones cortas netas las definidas en el artículo 3.1 del Reglamento 236/2012, incluyendo las ventas en corto aunque estén cubiertas por préstamo de valores.