Congreso
Se amplía un mes más el aplazamiento del pago de las deudas tributarias de pymes y autónomos
El Congreso avala un decreto ‘ómnibus’. Se prohíbe el reparto de dividendos bancarios, se pone fin a las restricciones a la portabilidad telefónica y se amplían los beneficiarios de las moratorias hipotecarias
El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado su respaldo -con el sí de la mayoría de los grupos-, a la convalidación del real decreto que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 26 de mayo con nuevas medidas urgentes, en varios ámbitos de actuación, sanitarios, tributarios, de empleo agrario o telecomunicaciones, entre otros -lo que se conoce como un decreto ‘ómnibus’-. En el ámbito tributario, se prorroga la posibilidad de que pymes y autónomos aplacen el pago de deudas tributarias de hasta 30.000 euros por un periodo de seis meses, pero en esta ocasión se amplía a cuatro meses el plazo de dicho aplazamiento que no conllevará intereses, situado anteriormente en tres.
También se adapta a la nueva realidad la presentación del Impuesto de Sociedades, permitiendo que aquellas compañías que no aprobaran sus cuentas anuales en el plazo previsto, puedan presentar el impuesto en base a las cuentas anuales que tengan disponibles. Otra de las medidas importantes que contempla el texto aprobado es la prórroga hasta el 30 de septiembre de la contratación de trabajadores temporales en el ámbito agrario, de forma que se amplía en tres meses respecto al plazo del 30 de junio previsto hasta ahora. El texto incentiva las moratorias de préstamos hipotecarios y no hipotecarios, queamplían a los beneficiarios de un aplazamiento de deuda, en línea con la recomendación de la Autoridad Bancaria Europea (ABE). El decreto ley también incluye medidas de protección laboral a trabajadores de industrias artísticas.
Este decreto ‘ómnibus’, presentado por el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, también incluye el que se haya dado luez verde al préstamo 14.002 millones de euros a la Seguridad Social para equilibrar sus cuentas ante la pérdida de ingresos y el aumento de gastos provocados por el Covid-19, así como un préstamo por un importe máximo de 16.500 millones de euros financiar las prestaciones por desempleo, principalmente los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Además, en el ámbito laboral, se da cobertura al personal sanitario de los centros sanitarios y sociosanitarios, de manera que se les reconocen las prestaciones correspondientes a aquellos que se hayan contagiado por Covid-19, considerándolo accidente trabajo y, en el caso de fallecimiento, se considerará causado por accidente de trabajo siempre que se produzca en los cinco años siguientes al contagio.
Otra de las medidas del decreto es la prohibición del reparto de dividendos por parte de las entidades de crédito hasta el 1 de octubre de 2020, adaptando este aspecto a la recomendación realizada por el Banco Central Europeo (BCE). Estas entidades deberán “abstenerse de contraer compromisos irrevocables en el reparto de dividendos, y se prolonga un año el plazo para que las fundaciones bancarias realicen las dotaciones correspondientes al fondo de reserva”, según reza el texto del nuevo decreto. En el ámbito de las telecomunicaciones, el real decreto ley pone fin a la suspensión de las portabilidades entre compañías, de manera que ya pueden volver a realizarse cambios de operador, que habían sido limitados al comienzo del estado de alarma.
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