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Consumo tacha de “abusiva” la tasa covid

El Ministerio considera que es una práctica sancionable y que los costes de las medidas de seguridad deben recaer “exclusivamente” sobre la empresa

Sevilla entra en la fase 3
Un camarero en la terraza de un bar en SevillaMaría José LópezEuropa Press

Los criterios vuelven a no estar claros una vez más en esta crisis. Si hasta ahora la tasa covid era considerada un suplemento legal por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y diversos despachos de abogados, siempre y cuando fuese proporcional y se avisase previamente, ahora el Ministerio de Consumo afirma que podría ser una cláusula abusiva. La asociación de consumidores Facua tacha la tasas covid directamente de ilegal. El motivo de este carácter abusivo es que el cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad establecidas durante la crisis sanitaria del Covid-19 no son servicios opcionales sobre los que el cliente tenga capacidad de aceptación o rechazo. No obstante, Gerardo Ruiz, abogado de Legálitas, advierte que la falta de una regulación concreta puede ocasionar disparidad de criterios ante posibles reclamaciones.

Constitutiva de infracción y sancionable

La Dirección General de Consumo ha publicado hoy una nota informativa en la que añade que “la inclusión de dichos gastos de forma desglosada en una factura podría ser considera como una cláusula abusiva”, según los punto 4 y 5 del artículo 89 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, puesto que, a su entender, se trataría de la “imposición” al consumidor de un servicio “no solicitado y no susceptible de aceptación o rechazo por su parte, aún habiéndose informado de forma previa”. Por ello, puede “ser considerada una práctica constitutiva de infracción administrativa en materia de protección de los consumidores y, por tanto, sancionable”.

La nota ha sido publicada después de que la Dirección de Consumo haya tenido conocimiento de que “determinados establecimientos y locales con apertura al público están incluyendo en sus facturas o están valorando incluir un recargo sobre el precio de los bienes o servicios” que prestan para “transmitir el total o parte de estos potenciales costes adicionales a su clientela”. Consumo ha recordado que “las medidas de higiene, desinfección, prevención o acondicionamiento exigida a los establecimiento y locales con apertura al público durante la crisis sanitaria" no son de cumplimiento potestativo, es decir, opcional, sino que resultan de obligado cumplimiento según la norma vigente.

Los costes deben recaer sobre la empresa

Al ser inherentes a la normativa, aunque estas medidas pueden conllevar la asunción de determinados costes adicionales a los costes habituales de los establecimientos, Consumo ha señalado que el hecho de incluir los “potenciales” gastos ocasionados por las actividades de higiene, desinfección, prevención o acondicionamiento, de forma desglosada, en una factura dirigida al consumidor o usuario supondría el “traslado” al cliente de unas obligaciones que competen “exclusivamente” al proveedor del bien o prestador del servicio “a las que vienen obligados debido al desarrollo de una actividad comercial o profesional”.

No hay una norma definida

“Hasta ahora no había ni hay nada regulado y el suplemento se está aplicando de manera continua”, explica Gerardo Ruiz, abogado de Legálitas. “Esta nota del Ministerio viene muy bien porque empieza a poner los puntos sobre las ies. Se ha dado el primer paso para que la tasa covid se considere abusiva de manera generalizada, aunque pueden darse casos en los que la tasa se aplique de manera encubierta con una subida de precios”, añade. “De un día para otro la situación puede cambiar, aunque mientras no haya una norma claramente definida, bien a nivel nacional o bien a nivel autonómico, va a haber problemas. Cada oficina de Consumo puede decir blanco o negro con los mismos argumentos. La falta de una regulación expresa va a dar lugar a controversia y disparidad de criterios", advierte.

Facua, por su parte, considera que esta nota informativa “aclara que el recargo o suplemento que se esta dando a conocer cómo tasa Covid es una práctica ilegal”. En ese sentido, la asociación había solicitado al Ministerio que dirige Alberto Garzón que “diese un posicionamiento público al respecto para frenar estás irregularidades que están proliferando en distintos tipos de negocios, especialmente de hostelería, talleres de vehículos , centros de estética y clínicas dentales”.