Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros confirma la prórroga de los ERTE y del ‘paro de autónomos'
Ambas prestaciones se extienden hasta el 30 de septiembre
El Consejo de Ministros ha dado hoy luz verde en una reunión extraordinaria a las dos prórrogas más esperadas por trabajadores y empresas: la de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) asociados al coronavirus y de la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos. Ambas prórrogas son consecuencia de las negociaciones que ha mantenido el Gobierno, en el primer caso, con los agentes sociales, patronal y sindicatos (CCOO, UGT, CEOE y Cepyme) y, en el segundo, con las organizaciones de autónomos (ATA, UPTA y Uatae).
En lo que respecta al Real Decreto-ley para la prórroga de los ERTE destacan dos medidas: se mantiene la causa por fuerza mayor total para las empresas que aún no han vuelto a la actividad -aquellos que tienen a todos sus trabajadores suspendidos de empleo- y la posibilidad de que las empresas que se vean obligadas a cerrar de nuevo por culpa de un rebrote del coronavirus puedan acogerse a estos procedimientos. A los ERTE de fuerza mayor total vigentes actualmente se les aplicará una exención en las cotizaciones empresariales del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en septiembre en el caso de empresas con menos de 50 trabajadores. Para las empresas con más de 50 empleados, la exoneración de cuotas será del 50% en julio, del 40% en agosto y del 25% en septiembre. Estos porcentajes son menores que los establecidos hasta el 30 de junio, que eran del 100% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las de más de 50, pero a cambio esta figura no desaparece con la llegada del 30 de junio. En el caso de empresas que actualmente están activas pero que se vean obligadas a cerrar como consecuencia de un rebrote del virus, se permitirá que puedan acogerse a un ERTE de fuerza mayor total, que contaría con una exoneración de cuotas para las empresas del 80% si su plantilla es inferior a 50 trabajadores y del 60% si tiene más de 50 trabajadores.
Para los ERTE de fuerza mayor parcial -aquellos en los que ya hay trabajadores reincorporados a su puesto, pero no todos- y los ERTE por causas objetivas -técnicas, organizativas, económicas y de producción-, las exoneraciones a las empresas serían las mismas: para las empresas de menos de 50 trabajadores alcanzarían el 60% por los trabajadores que volvieran a la actividad y el 35% por los que siguieran en el ERTE, mientras que para las de más de 50 trabajadores serían del 40% por cada trabajador que se reincorporara a su puesto y del 25% por el que siguiera en el ERTE. Los expedientes de causas objetivas pasarían así a tener exenciones de cuotas, antes sólo aplicables a los de fuerza mayor. El objetivo es facilitar la transición de los segundos a los primeros ahora que ya ha finalizado el estado de alarma. Así, las empresas y entidades afectadas por ERTE de fuerza mayor deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada.
Al mismo tiempo, el Consejo de Ministros ha dado luz verde la prórroga de la prestación extraordinaria para trabajadores autónomos que se habilitó a mediados de febrero para aquellos que tuvieran pérdidas de ingresos considerables. Las medidas que verán la luz hoy incluyen una prórroga de la exención de las cuotas de la Seguridad Social para los autónomos que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria, que incluía una ayuda económica y una exención de las cuotas. Así, estos trabajadores no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Por otro lado, los beneficiarios de la prestación extraordinaria podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad, siempre que acrediten una reducción de la factura del 75% del tercer trimestre de este año en comparación con el mismo trimestre del año anterior. Para ello, no se necesitará esperar a que termine el trimestre, sino que podrán solicitar la prestación ordinaria cuando estimen que cumplen los requisitos y acreditarlos documentalmente una vez finalice el trimestre. Además, se incluye una prestación para los autónomos fijos discontinuos o de temporada, los que tienen actividad de julio a septiembre, que se homologa a la que desde el inicio del estado de alarma tuvieron los autónomos.
✕
Accede a tu cuenta para comentar