Audiencia Nacional
La Audiencia condena a ocho años de cárcel al expresidente de Pescanova por falsear las cuentas para captar inversores
Absuelve a siete de los 19 acusados e impone multas hasta de 51 millones de euros por los perjuicios causados a personas y empresas que aportaron su dinero
La Audiencia Nacional ha condenado a ocho años de cárcel al expresidente de Pescanova Manuel Fernández de Sousa-Faro y a penas de seis meses a tres años y medio de prisión a otros once integrantes de la ex cúpula de la entidad por irregularidades en la obtención de financiación bancaria para la empresa y por manipular las cuentas con el objetivo de captar a unos inversores que acabaron perdiendo su dinero.
La Sección Cuarta de lo Penal absuelve sin embargo a siete de los 19 acusados y condena a los otros doce procesados que se sentaron en el banquillo a penas sensiblemente inferiores a las solicitadas por las acusaciones, al entender que los delitos de falsedad en documento mercantil, estafa, falseamiento de cuentas anuales y falseamiento de información económica y financiera se cometieron en concurso medial (unos eran necesarios para cometer los otros y el reproche penal queda por tanto subsumido) y no pueden ser penados de manera independiente.
Además, la Audiencia Nacional condena a Pescanova SA y a BDO Auditores, entre otras sociedades, a penas de multa y a pagar en concepto de responsabilidad civil cantidades que en algún caso superan los 51 millones de euros por los perjuicios causados a los inversores.
En la sentencia, de 610 páginas, los magistrados hacen referencia a una serie de prácticas irregulares llevadas a cabo desde la dirección de Pescanova, con Fernández de Sousa-Faro al frente y con la colaboración tanto de los responsables de departamentos clave como el de Administración, al frente del cual estaba Alfredo Pérez Uros, el Financiero, dirigido por Antonio Taboas, como de determinados empleados de confianza, como José Manuel Gil González o Ángel González Domínguez.
La Sala considera probado que a consecuencia de los primeros brotes de la crisis financiera en 2008, el presidente de la entidad -con el objetivo de poder seguir disfrutando de la financiación bancaria de la que dependía Pescanova tras el esfuerzo inversor de años anteriores- planeó, junto con un grupo de personas de su confianza, entre los que se encontraban los responsables de los departamentos administrativos y financiero, seguir obteniendo financiación bancaria a través de una serie de mecanismos o prácticas irregulares.
Una vez obtenida esa financiación se llevaron a cabo -añaden los magistrados- otra serie de manipulaciones en las cuentas anuales u otros documentos oficiales que reflejaban la situación financiera de la empresa “para conseguir unos resultados positivos que no se correspondían con la situación real y, que, tras ser oficialmente publicados, permitían captar nuevos inversores y desplazar a la financiación bancaria y sus excesivas comisiones”.
Entre esos mecanismos ilícitos puestos en marcha para allegar fondos, el tribunal destaca las operaciones de comercio internacional con filiales de ultramar que permitieron a Pescanova obtener financiación bancaria a través de “créditos documentarios” millonarios, a espaldas de las propias filiales y sin que sus cantidades coincidieran con los datos que aparecían en la contabilidad de Pescanova.
En esa misma línea, los condenados crearon una serie de empresa ficticias, denominadas “sociedades instrumentales”, con las que también simularon operaciones de compraventa de pescado que les permitieron, a su vez, contratar pólizas de crédito y líneas de “factoring” que eran abonadas con pagarés que descontaban en los bancos permitiendo tener tesorería durante la vigencia de las financiaciones bancarias.
Esas operaciones de compraventa inexistentes se reflejaron en la contabilidad -con conocimiento del auditor interno- y ocultaron en gran medida el pasivo bancario. Y junto a los continuos “neteos” (compensaciones de activos con pasivos y de créditos con deudas) y la falta del adecuado control por parte del auditor externo, cargo que ostentaba Santiago Sañé Figueras, de BDO Auditores -que no puso salvedad alguna a la formulación de las cuentas y demás documentos oficiales que la entidad debía poner en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)- llevó a los inversores a invertir importantes sumas de dinero confiados en los buenos resultados publicados y que fueron elaborados ficticiamente por la entidad. A consecuencia de ese espejismo financiero, perdieron importantes sumas de dinero pues la situación económica de Pescanova -recalca la Audiencia- era muy distintas de la publicada en las cuentas.
Los condenados cometieron un delito de falsedad en documento mercantil, argumenta la Sala, al poner en marcha formas ilegales de financiación y una serie de operaciones comerciales de compraventa ficticias. En la segunda fase de la operación, la financiación bancaria a través de líneas “factoring” o de pólizas de descuento bancario, se consumó el delito de estafa, añaden. Los engañados por la sociedad eran los bancos y el mecanismo del engaño fueron las facturas, “transformadas en remesas de facturas supuestamente vinculadas a unos inexistentes contratos de compraventa de pescado”.
A partir de ahí, la tercera fase consistió en trasladar a las cuentas anuales una imagen con beneficios y con poca deuda financiera, “muy distinta a la real, que se transmitió perfectamente al público en general y a los inversores en particular”. Una vez conseguida esa buena imagen irreal, se trataba de captar inversores que les permitiera una situación financiera más relajada que la propia de la financiación bancaria.
Alzamiento de bienes: 4,5 millones a cuentas en Portugal
La sentencia considera acreditado que el presidente de Pescanova y su esposa, Rosario Andrade, sacaron cuatro millones y medio de euros de las cuentas de España e ingresaron el dinero en dos entidades bancarias de la localidad portuguesa de Valença, después de que se conociera que las cuentas no reflejaban la situación real de Pescanova y se hubieran presentado las primeras querellas y que trataran de transferir el dinero a una cuenta previamente abierta en Hong-Kong.
Los magistrados explican que Fernández de Sousa y su esposa, como cooperadora necesaria, trataron de impedir que una parte de la devolución del préstamo de los seis millones prestados por el presidente de Pescanova en nombre de Sodesco estuviera al alcance de los inversores de Pescanova y para ello sacaron el dinero de España a dos cuentas abiertas en Portugal. La intención del matrimonio era trasladar parte de la devolución de los seis millones desde las cuentas de Kiwi S.A, de España a Portugal y desde Portugal a China, para lo cual, Andrade abrió una cuenta en el “chartered Bank of China” de Hong Kong.
Durante el juicio ambos acusados reconocieron esas transferencias de España a Portugal, aunque aseguraron que su intención no era ocultar fondos a los inversores de Pescanova, sino poder utilizar su patrimonio a la vista de los inconvenientes derivados de la situación económica de la sociedad.
La Audiencia rechaza por ultimo las dilaciones indebidas alegadas por los acusados que, entre otros argumentos, esgrimían la prolongada duración de la instrucción del caso -un procedimiento que acumula 80.000 folios- y del juicio. La Sala recuerda que las sesiones solo se vieron interrumpidas debido a la pandemia durante el periodo de confinamiento y añade que, gracias a la retransmisión diaria de la vista por la televisión pública gallega se evitaron posibles problemas de salud para los abogados y los propios acusados, lo que evitó que el juicio se tuviera que suspender.
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