Desempleo parcial

¿Puedo cobrar el paro si me reducen la jornada laboral?

Los trabajadores tienen derecho a un subsidio de desempleo si la reducción de horas es temporal, como en el caso de los ERTE

El paro experimenta el menor incremento en un mes de agosto desde 2016
Se considera desempleo parcial cuando se produce una reducción de la jornada de forma temporal por una decisión empresarial o por una resolución judicial en un procedimiento concursal.Marta Fernández JaraEuropa Press

Habitualmente se entiende por desempleo el cese completo de la actividad laboral y que el trabajador solo tiene derecho a una prestación si la empresa decide despedirle o se le acaba el contrato, pero no siempre es así. También se puede dar la circustancia de continuar trabajando, pero encontrarse legalmente en el paro y tener derecho a un subsidio. Esta situación se denomina desempleo parcial y ocurre cuando se produce una reducción de la jornada de forma temporal por una decisión empresarial o por una resolución judicial en un procedimiento concursal.

Si no existiera esta ayuda económica, una reducción de la jornada sería casi peor que un despido, ya que los ingresos por el salario podrían llegar a ser inferiores que la prestación que se recibiría si se dejase de trabajar por completo. No obstante, para acceder al subsidio si se reduce la jornada de trabajo hay que cumplir una serie de requisitos.

¿En qué casos puedo cobrar una prestación por desempleo si me reducen la jornada de trabajo?

El empleado tiene derecho a una prestación por desempleo cuando se reduzca temporalmente la jornada de trabajo y pase a estar comprendida entre un 10% y un 70% de la jornada diaria, semanal, mensual o anual. Además, el salario también tiene que disminuir de forma similar y las nuevas condiciones laborales tienen que ser motivadas por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por causas de fuerza mayor, como es el caso de los ERTE.

¿Cuándo no puedo cobrar el paro si me reducen la jornada?

No tendrá derecho si la reducción de jornada es definitiva o dura todo el período que reste del contrato de trabajo. Si se modifica su jornada y pasa a trabajar menos horas, pero está de acuerdo con el cambio, no podrá percibir la prestación por desempleo porque se entiende que es una modificación de las condiciones de trabajo de su contrato.